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Se aprueban medidas en relación con el Régimen Económico Fiscal de Canarias

España - 

En concreto, se eliminan los límites temporales relacionados con la consideración de las inversiones anticipadas como materialización de la reserva para inversiones y se eliminan las referencias temporales relativas a la vigencia de la Zona Especial Canaria.

En el BOE de 28 de diciembre de 2023 se ha publicado el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía.

Entre las medidas tributarias aprobadas, se introducen novedades en el Régimen Económico Fiscal de Canarias. En concreto:

a. Inversiones anticipadas que se consideran materialización de la reserva para inversiones en Canarias 

Con efecto desde el 1 de enero de 2024 se elimina el límite temporal que impide llevar a cabo estas inversiones con cargo a dotaciones posteriores al ejercicio 2023. De esta forma, se permitirá llevar a cabo dichas inversiones con cargo a la dotación del propio ejercicio en que se realiza la inversión y los tres ejercicios siguientes, sin limitación adicional alguna.

b. Vigencia de la Zona Especial Canaria (ZEC) 

Se eliminan las referencias temporales de la norma (hasta ahora, vigencia de la ZEC hasta 2027 y autorización de nuevas entidades hasta 2023).

Como estas referencias temporales traen causa y están vinculadas con el Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 (conocido como Reglamento General de Exención por Categorías), se sustituyen estas menciones por referencias directas a las correspondientes normas de la Unión Europea y a las derivadas de los documentos de la Comisión Europea que les dan soporte jurídico, con el fin de eliminar la obligación de revisión periódica de la norma interna. Conforme a ello, se podrán seguir autorizando nuevas entidades ZEC más allá de 1 de enero de 2024.

Finalmente, se adecua su terminología al procedimiento actualmente establecido para esta clase de ayudas de Estado que no requieren de la autorización previa de la Comisión Europea.

El resto de las medidas tributarias del Real Decreto-ley 8/2023 se resume en esta publicación.