Flexibilizar la retribución permite que los empleados perciban rentas en especie fiscalmente ventajosas
A finales de diciembre de 2017 se publicaron una serie de novedades tributarias, entre las que se encuentran ciertas modificaciones en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que han introducido una serie de cambios en relación de determinados rendimientos del trabajo en especie.
En primer lugar, se ha modificado el artículo 44 del Reglamento del IRPF para aclarar que, dentro de los gastos de estudio para la capacitación o reciclaje de empleados que no constituyen renta en especie se incluyan también los cursos que son financiados por otras empresas distintas del empleador, siempre que éstas comercialicen productos para los que sea necesario que el empleado tenga una formación adecuada y el empleador autorice tal participación.
En segundo lugar, se ha modificado el artículo 45.2 del Reglamento del IRPF elevando la cuantía exenta diaria de las fórmulas indirectas de servicio de comedor (tales como vales comidao documentos similares, o cualquier otro medio electrónico de pago que se entreguen a los trabajadores para atender dicha necesidad), pasando de 9 euros diarios a 11 euros diarios con efectos desde el 1 de enero de 2018.
Por último, se ha modificado el artículo 46 del Reglamento del IRPF elevando la cuantía exenta anual de los seguros médicos satisfechos a personas con discapacidad. En este sentido, la cuantía exenta será de 1.500 euros anuales (en lugar de 500 euros anuales) en caso de beneficiarios con discapacidad.
En relación con los beneficios fiscales en el IRPF de determinados rendimientos del trabajo en especie cabe mencionar los sistemas de retribución flexible. En la actualidad son numerosas las empresas que han modificado sus sistemas retributivos para ofrecer paquetes de compensación competitivos que motiven, atraigan y retengan a sus empleados.
La flexibilización de la retribución permite a los empleados decidir la forma en la que percibir su retribución, sustituyendo parte de la remuneración dineraria (cumpliendo ciertos requisitos y límites legales) por ciertas rentas en especie, que además son fiscalmente ventajosas (entre otras seguro médico, vales comida, tarjeta transporte, servicio de guardería o formación), e incrementando a su vez el neto disponible, todo ello sin que suponga un mayor coste en la masa salarial de las empresas.
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