Newsletter Arbitraje Internacional - Marzo 2020 | Panorama regional: El continente americano
Las novedades más destacadas en el continente americano por la práctica global de Arbitraje Internacional y ADR de Garrigues.
COLOMBIA
Una empresa tecnológica demanda a Colombia por el nombre de dominio ‘.co’
La empresa tecnológica estadounidense Neustar ha presentado una demanda contra Colombia de 350 millones de USD ante el CIADI, conforme al tratado de libre comercio suscrito en 2012 por la República de Colombia y los Estados Unidos de América (TLC), en relación con los derechos de uso y explotación por parte de Neustar del nombre de dominio ‘.co’.
La controversia se deriva de un contrato de concesión a 10 años que una filial de Neustar, CO Internet, suscribió en 2009 con el Ministerio de Comunicaciones y Tecnologías de la Información de Colombia para la administración del nombre de domino ‘.co’, que según Neustar usan unos dos millones de sitios web.
La concesión terminaba el mes pasado y el Ministerio decidió poner en marcha una nueva licitación para la concesión del derecho de gestión del nombre de dominio. Pero Neustar mantiene que el actual contrato de concesión prevé su prórroga por otros diez (10) años siempre que se satisfagan determinadas condiciones. Neustar afirma que estas condiciones se han cumplido y pide una indemnización de 350 millones de USD por los derechos que dice le correspondían en el segundo plazo de la concesión, entre 2020 y 2030.
ECUADOR
Posible suspensión de la ejecución de una sentencia del CIADI contra Ecuador
Un comité del CIADI ha declarado que suspenderá la ejecución de la sentencia favorable a Perenco y contraria a Ecuador, pero solo si Ecuador confirma por escrito su compromiso de pagar el monto de la sentencia en un plazo de sesenta (60) días “ de manera incondicional, voluntaria e íntegra” en caso de no prosperar su acción de anulación.
Por una parte, la sentencia determinó el pago a favor de Perenco de una indemnización de daños de 449 millones de USD y de 18 millones de USD en concepto de costas e intereses previos a la sentencia y, por otra parte, condenó a Perenco a pagar 54 millones de USD por el impacto medioambiental de dos bloques de petróleo que explotaba en la Amazonia.
Estas acciones de ejecución y anulación tienen su origen común en una serie de laudos (sobre diversas cuestiones, desde competencia a responsabilidad), el último de los cuales se dictó en septiembre de 2019 y pone fin a un arbitraje que se inició hace 11 años.
La controversia surgió cuando Ecuador creó un impuesto sobre los ‘beneficios extraordinarios’ de las empresas petroleras extranjeras a raíz del inesperado aumento de los precios del crudo. El impuesto originalmente establecido por Ecuador en 2006 era del 50%, pero después decidió incrementarlo al 99%. Estas medidas adoptadas por el gobierno ecuatoriano han desembocado en otros arbitrajes de inversión en contra del Estado.
En este caso, Perenco y otras partes presentaron en 2008 demandas ante el CIADI por el impuesto del 99%, invocando los tratados bilaterales de inversión suscritos por Ecuador con Francia y los Estados Unidos, respectivamente, y los contratos de participación relacionados con los bloques de petróleo. Cada una de las referidas partes reclamó más de 1.000 millones de USD y Ecuador presentó reconvenciones por 2.500 millones de USD en ambos casos por daños medioambientales causados a la selva amazónica.
PERÚ
El Estado peruano logra una victoria sobre un inversor español por una concesión para la inspección de vehículos
Perú ha derrotado a la empresa española Lidercón, que había presentado una demanda de 123 millones de USD ante el CIADI en relación con los derechos para la explotación de un servicio de inspección de vehículos en la zona metropolitana de Lima. El tribunal arbitral desestimó la demanda al determinar que Lidercón no demostró que Perú hubiera incumplido el tratado para la promoción y la protección recíproca de inversiones entre España y Perú.
La controversia está relacionada con un contrato de concesión suscrito en 2004 con las autoridades locales para la explotación de los centros de inspección de vehículos en la zona metropolitana más grande de la ciudad, en la que reside cerca de un tercio de toda la población de Perú. Desde la firma del contrato existieron tensiones entre las partes, que finalmente decidieron iniciar numerosos arbitrajes relacionados con el contrato de concesión ante la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
En la demanda presentada ante el CIADI en diciembre de 2016, Lidercón alegó que Perú había incumplido la cláusula de trato justo y equitativo del Tratado al (i) privar a Lidercón de tutela judicial efectiva en los tribunales peruanos y al (ii) imponer medidas injustificadas y discriminatorias. Por otra parte, Lidercón afirmó que Perú había incumplido las condiciones del contrato de concesión.
En el último laudo, el tribunal arbitral se declaró competente para conocer de la demanda, rechazando los argumentos de Perú en el sentido de que Lidercón estaba intentando transformar una demanda contractual en una de inversión. Basándose en el fondo del asunto, el tribunal arbitral explicó en primer lugar que el origen de la disputa estaba en el “incómodo solapamiento de competencias” entre el Gobierno peruano y el Ayuntamiento de Lima y cuestionó que las actuaciones de Perú en el marco de este choque de competencias hubieran anulado los derechos de exclusividad de Lidercón hasta el punto de que pudieran considerarse como incumplimiento del Tratado.
EEUU
Un órgano jurisdiccional estadounidense se inhibe en la acción de ejecución de un laudo de la Cámara de Comercio de Estocolmo
El Tribunal de Distrito de los Estados Unidos correspondiente al Distrito Sur de Texas ha resuelto que First National Petroleum (FNP) no ha demostrado la existencia de “contactos mínimos” de la filial de Rosneft Tyumenneftegaz con el Estado de Texas.
En 2018, un tribunal arbitral de la Cámara de Comercio de Estocolmo (CCE) dictó el laudo favorable a FNP que esta compañía quiere ahora ejecutar, determinando que Tyumenneftegaz falsificó firmas con la finalidad de liquidar la empresa conjunta entre las partes para el desarrollo de un yacimiento de petróleo en Siberia. El laudo condenó a Tyumenneftegaz al pago de 70 millones de USD pero algunas fuentes afirman que ahora su valor podría haberse incrementado a más de 200 millones de USD.
La División Federal Antimonopolio gana un arbitraje histórico relacionado con la concentración de empresas
La División Antimonopolio del Departamento de Justicia (DAMDdJ) ha obtenido sentencia favorable en un caso sin precedentes, que pone fin a un litigio antimonopolio en el que se impugnó la fusión entre Novelis y Aleris. El tribunal arbitral sostuvo que para mantener la libre competencia en el sector de los ABS, Novelis tenía que enajenar esta actividad concreta desarrollada por Aleris en todo el territorio norteamericano. Por otra parte, en virtud del convenio arbitral firmado por el DAMDdJ y las empresas objeto de fusión, dicho organismo también obtuvo sentencia favorable en cuanto a las costas del procedimiento.
De conformidad con el convenio arbitral suscrito por el DAMDdJ con las compañías fusionadas, las partes acordaron someterse a arbitraje vinculante en el caso de que los problemas de competencia en EEUU no se resolvieran en un determinado plazo de tiempo. Si bien la fase de exhibición de pruebas se llevó a cabo bajo la supervisión del Tribunal de Estados Unidos del Distrito Norte de Ohio, una vez finalizada dicha fase, la controversia fue trasladada a un único árbitro con el objeto de que resolviera la cuestión sobre mercado de producto.
El DAMDdJ ha anunciado que presentará una propuesta de sentencia firme al Tribunal Federal en la que requerirá a Novelis para que enajene todas las operaciones de Aleris relacionadas con ABS en Norteamérica.
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