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IRPF.- Retención en el arrendamiento de inmuebles a empresa extranjera

HFG. Consulta de 23 de enero de 2015

El consultante, persona física con domicilio fiscal en Gipuzkoa, alquila un local de su propiedad ubicado en dicho territorio a una empresa con domicilio social y fiscal en Bulgaria. Se pregunta acerca de la obligación de retener.

En los casos de alquiler de un local a una empresa extranjera es necesario determinar si el local constituye un establecimiento permanente de la arrendataria. Si se cumplen los requisitos para entender que la empresa extranjera opera en territorio español por medio de establecimiento permanente, estará obligada a practicar retención respecto de las rentas que satisfaga en concepto de arrendamiento al arrendador guipuzcoano.

 
     
 

 

 

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