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Plan de Lucha contra el Fraude Fiscal
Resolución 564/2015, del Director de Hacienda, de 13 de marzo, por la que se hacen públicos los criterios generales que informan el Plan de Lucha contra el Fraude en el Territorio Histórico de Álava para el año 2015 (BOTHA 30 de marzo).
Para este ejercicio, la Administración alavesa fija los siguientes objetivos en su lucha contra el fraude fiscal:
- Fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, partiendo de la mejora del sistema de información, la simplificación de las gestiones, la reducción de costes indirectos y la personalización de los servicios.
- Prevenir el fraude fiscal, identificando de forma anticipada las situaciones de riesgo, tomando medidas preventivas y realizando un seguimiento periódico al efecto. En este sentido:
Se profundizará en el intercambio de información con otras Administraciones y organismos públicos.
- Se comprobará la veracidad de los datos consignados en las declaraciones censales, con especial énfasis en lo relativo al domicilio fiscal.
- Se requerirá a los obligados tributarios que no hubieran presentado autoliquidación de los impuestos de declaración periódica, especialmente del Impuesto sobre el Patrimonio.
- Se llevarán a cabo comprobaciones, tanto generales como limitadas, en las grandes empresas, en las que se incidirá, sobre todo, en el control de la fiscalidad internacional (destaca el proyecto “BEPS”, dirigido a acabar con el problema de la doble no-imposición y la desviación de beneficios a terceros países).
- Detectar y regularizar las actuaciones fraudulentas cometidas.
- Recaudar las deudas tributarias, tanto en periodo voluntario como en ejecutivo. Para ello se llevarán a cabo actuaciones para asegurar el efectivo cobro de las deudas tributarias. Así, se derivará responsabilidad solidaria o subsidiaria a terceros responsables, con especial énfasis en los administradores de hecho o de derecho que ostenten una participación en el capital social superior al 20%. Asimismo, se adoptarán medidas cautelares en los supuestos en que exista riesgo de vaciamiento patrimonial.
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