Régimen de las entidades navieras en función del tonelaje

En el BOE de 25 de julio se ha publicado la Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima, en la que se realiza una reforma amplia del Derecho marítimo español que responde a su coordinación con el Derecho marítimo internacional y su adecuación a la práctica actual del transporte marítimo.

En materia fiscal, se introduce una disposición transitoria en relación con el régimen de las entidades navieras en función del tonelaje previsto en el capítulo XVII del título VII del TRLIS en la que se establece que, a efectos de la aplicación del citado régimen, las definiciones y demás conceptos establecidos en la Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima se aplicarán a las solicitudes del régimen presentadas a partir de su entrada en vigor.

La citada Ley entrará en vigor a los dos meses de su publicación en el BOE, el 25 de septiembre de 2014.

 
     
 

 

 

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