Procedimiento de revisión.- La notificación de una corrección de errores en relación con una Resolución abre un nuevo plazo de recurso frente a ésta (Audiencia Nacional. Sentencia de 27 de marzo de 2014)

En el caso analizado por la Audiencia, el TEAR de Canarias trató de notificar una Resolución al recurrente, si bien tras dos intentos de notificación sin éxito se dio a éste por desconocido, por lo que el reclamante nunca pudo impugnar la Resolución. Dos años después le fue notificada de oficio al recurrente una corrección de errores de la anterior Resolución, por lo que entendiendo que se le había abierto nuevo plazo de recurso, interpuso alzada contra la misma ante el TEAC. Dicho recurso fue inadmitido por extemporáneo.

Frente a ello, la Audiencia Nacional entiende que al haberse dictado Resolución con rectificación de errores de oficio, ha de estimarse que el escrito de interposición del recurso de alzada es válido y ha sido presentado en plazo, por lo que acuerda la retroacción del procedimiento.

     
 

 

 

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