En la reunión del Consejo de Ministros del viernes 18 de enero se aprobó el Proyecto de Ley del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales (la denominada Tasa Google), que había sido sometido a trámite de información pública y alegaciones desde el 23 de octubre al 15 de noviembre de 2018.
Si bien el texto del proyecto no es aún público, la página web del Consejo de Ministros señala que las alegaciones recibidas han propiciado alguna modificación (parece que las prestaciones digitales que sean realizadas entre entidades que formen parte de un grupo con una participación, directa o indirecta, del 100% quedarán fuera del impuesto), pero no han modificado lo sustancial del anteproyecto: se trata de un impuesto de carácter indirecto que grava a las empresas cuya cifra neta de negocios sea superior a 750 millones de euros y que obtengan ingresos en España por un importe mínimo de 3 millones de euros procedentes de la prestación de servicios de publicidad en línea, de servicios de intermediación en línea o de la venta de datos generados a partir de información proporcionada por el usuario en interfaces digitales. El tipo de gravamen se mantiene en el ya anunciado 3%.