La norma introduce novedades relevantes en relación con la moderación de contenidos, la transparencia en torno a la retirada o bloqueo de contenidos u obligaciones sobre riesgos sistémicos en el uso de las grandes plataformas o motores de búsqueda.
El pasado 4 de octubre de 2022 el Consejo de la Unión Europea (UE) aprobó el Reglamento de Servicios Digitales (DSA, por sus siglas en inglés), cuyo objetivo principal es luchar contra la proliferación de contenido ilícito en Internet y salvaguardar, al mismo tiempo, los derechos de los usuarios. La firma definitiva, que se hará de forma conjunta por el Consejo y el Parlamento Europeo, se prevé en las próximas semanas, entrando en vigor 20 días después de su publicación. No obstante, con carácter general no se aplicará hasta pasados 15 meses desde su entrada en vigor o el 1 de enero de 2024 (lo que suceda después).
La DSA mantiene los pilares básicos de la Directiva de Comercio Electrónico y, en concreto, el régimen de responsabilidad de los prestadores intermediarios, pero introduce novedades importantes en materia de (i) moderación de contenidos, como la implementación de procesos de notificación y acción para la retirada de contenidos manifiestamente ilícitos; (ii) la publicación de información relativa a la retirada o bloqueo de contenidos de cara a aumentar la transparencia en los procesos de gobernanza de las plataformas; o (iii) en el caso de las plataformas y motores de búsqueda de muy gran tamaño, obligaciones relacionadas con los riesgos sistémicos derivados de su uso.
De forma más detallada, puedes consultar el análisis realizado por Carolina Pina (link) y Cristina Mesa (link).