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Anteproyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda: primeros pasos de una regulación de gran impacto para el mercado inmobiliario

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La futura Ley por el Derecho a la Vivienda, tal y como está planteada en su anteproyecto, tendrá por objeto dar cumplimiento al “derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada”, recogido en el artículo 47 de la Constitución Española. Para ello, se ofrecerían herramientas a las administraciones territoriales competentes para incrementar la oferta de vivienda a precios asequibles, con especial atención en aquellos ámbitos en los que existe una mayor tensión en el mercado y respondiendo de un modo especial a aquellas personas y hogares que tienen más dificultades de acceso a la vivienda.

El 26 de octubre de 2021, el Consejo de Ministros tomó en consideración en primera lectura el Anteproyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda, tras lo que se ha iniciado la fase de consulta pública hasta el 18 de noviembre de 2021 (accesible aquí).

El anteproyecto propone numerosas medidas e instrumentos dirigidos a mejorar el acceso a la vivienda que, de ser aprobadas en los términos propuestos, podrían llegar a tener un gran impacto en el mercado inmobiliario español.

Así, por ejemplo, se establecen medidas de fomento del parque público de vivienda y se modifica el régimen jurídico aplicable a las viviendas sometidas a algún régimen de protección pública.

Además, se introducen medidas para favorecer la incorporación de un mayor número de viviendas de titularidad privada al mercado de alquiler, tratando de fomentar la contención y bajada de los precios de la vivienda.

En particular, en línea con estos objetivos se prevén medidas de tipo fiscal (incentivos al arrendamiento y penalización de las viviendas vacías), así como modificaciones en la legislación de arrendamientos urbanos destinadas a establecer medidas de prórroga de duración y limitaciones en la renta en contratos de arrendamiento de vivienda sujetos a determinadas circunstancias.

Dado que el anteproyecto se encuentra todavía en una fase inicial de tramitación, habrá que prestar atención a su evolución y a los cambios que se puedan introducir, desde el Gobierno, en primer lugar, y por parte de los grupos parlamentarios, posteriormente.