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Boletín Fiscal enero 2014

La Ley General Tributaria regula plazos de prescripción que afectan tanto a la Administración como a los contribuyentes. Así, la Administración solo tiene cuatro años para liquidar, o para exigir el pago de deudas liquidadas o autoliquidadas y los sujetos pasivos y los contribuyentes tienen el mismo plazo para solicitar y obtener devoluciones y para el reembolso del coste de las garantías.

La Audiencia Nacional ha tenido ocasión de analizar si este plazo de prescripción aplica a una devolución solicitada por el contribuyente, y reconocida ya por una resolución firme; es decir, no ya al propio derecho a solicitar la devolución, que es de cuatro años a computar desde que se realizó el ingreso cuya devolución se pretende, sino al derecho a que solicitada dicha devolución y habiendo sido ya reconocida, la Administración ejecute la resolución en la que se efectúa dicho reconocimiento.

El Tribunal, en una reciente Sentencia de 19 de diciembre de 2013 que comentamos en este boletín, distingue entre la solicitud de una devolución y la ejecución de una devolución ya reconocida en resolución o sentencia firme, y concluye que la Ley General Tributaria no regula un plazo de prescripción para este segundo caso. Parece un criterio razonable si se tiene en cuenta, como recuerda la Audiencia Nacional, que es la Administración la que de oficio debe llevar debidamente a su término las resoluciones administrativas, sin necesidad de que el interesado tenga que solicitarlo.

Se aplica así un criterio semejante al que rige en el caso de resoluciones judiciales, que no tienen plazo propio de prescripción como reiteradamente ha declarado el Tribunal Supremo.

1. SENTENCIAS

  • 1.1 Impuesto sobre Sociedades.- La imposibilidad de revisar a la sociedad participada, impide discutir la provisión de cartera dotada por su dominante con base en la pérdida de la dominada (Audiencia Nacional. Sentencia de 19 de septiembre de 2013)
  • 1.2 Impuesto sobre Sociedades.- Revisión de deducciones y bases imponibles negativas provenientes de ejercicios prescritos (Tribunal Supremo. Sentencias de 5 y 9 de diciembre de 2013; y Audiencia Nacional. Sentencia de 26 de septiembre de 2013)
  • 1.3 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.- Cuestión de ilegalidad en relación con la exigencia prevista en el anterior reglamento de IRPF respecto a la aplicación del régimen de impatriados (Tribunal Supremo. Sentencia de 16 de octubre de 2013. BOE de 19 de diciembre de 2013)
  • 1.4 IVA.- Definición de unidad económica autónoma a efectos de IVA (Tribunal Supremo. Sentencia de 28 de noviembre de 2013)
  • 1.5 Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.- Reducción del 95% por empresa familiar (Tribunal Supremo. Sentencia de 16 de diciembre de 2013)
  • 1.6 Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.- El ajuar doméstico se calcula incluyendo el valor de los legados (Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. Sentencia de 17 de septiembre de 2013)
  • 1.7 Impuesto Municipal sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.- El incremento real del valor de los terrenos ha de primar sobre el resultante de aplicar las reglas de cálculo contenidas en la normativa (Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Sentencia de 18 de julio de 2013)
  • 1.8 Procedimiento administrativo.- Antes de acudir a la vía edictal, la notificación se debe realizar en el domicilio del representante legal de la entidad que constaba en el expediente (Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León. Sentencia de 18 de octubre de 2013)
  • 1.9 Procedimiento de inspección.- Imposibilidad de comprobar y declarar realizadas en fraude de ley unas operaciones realizadas en un ejercicio prescrito (Audiencia Nacional. Sentencia 21 de noviembre de 2013)
  • 1.10 Procedimiento de inspección.- Imposibilidad de la apertura de un segundo procedimiento de comprobación sobre unos mismos hechos (Audiencia Nacional. Sentencia de 24 de octubre de 2013)
  • 1.11 Procedimiento de ejecución.- La ejecución de una resolución administrativa no está sujeta a plazo de prescripción (Audiencia Nacional. Sentencia de 19 de diciembre de 2013)
  • 1.12 Procedimiento sancionador.- La base de cálculo de la sanción prevista en el art. 191.6 LGT no debe incluir el importe de la cuota que se hubieses ingresado con posterioridad (Audiencia Nacional. Sentencia de 21 de noviembre de 2013)
  • 1.13 Procedimiento sancionador.- La ausencia de interpretación razonable de la norma no permite presumir culpabilidad y el haber prestado conformidad a los hechos tampoco determina la procedencia de la sanción (Audiencia Nacional. Sentencia de 7 de noviembre de 2013)
  • 1.14 Requerimientos de información.- Sobre la necesidad de motivación (Tribunal Supremo. Sentencia de 28 de noviembre de 2013)

2. RESOLUCIONES Y CONSULTAS

  • 2.1 Impuesto sobre Sociedades.– Los gastos financieros activados como mayor valor de las existencias no están afectados por la limitación a su deducibilidad (Dirección General de Tributos. Consulta V3479-13, de 29 de noviembre de 2013)
  • 2.2 Impuesto sobre Sociedades.– Aunque en el pago fraccionado se opte por la exención de dividendos extranjeros, en la autoliquidación se puede optar por la deducción por doble imposición (Dirección General de Tributos. Consulta V3385-13, de 19 de noviembre de 2013)
  • 2.3 Impuesto sobre Sociedades.– Sobre la prohibición de deducir gastos financieros en adquisiciones intragrupo cuando la prestamista no forma parte del grupo (Dirección General de Tributos. Consulta V3257-13, de 6 de noviembre de 2013)
  • 2.4 Impuesto sobre Sociedades.- Para poder amortizar el fondo de comercio financiero en participaciones adquiridas después de 21 de diciembre de 2007, es precisa la prueba del derecho extranjero (Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución de 5 de noviembre de 2013)
  • 2.5 Impuesto sobre Sociedades.– Los gastos contabilizados después de su devengo son deducibles aunque ello permita “refrescar” bases imponibles negativas, si en todo caso éstas habrían podido compensarse (Dirección General de Tributos. Consulta V3230-13, de 4 de noviembre de 2013)
  • 2.6 Impuesto sobre Sociedades.- La deducibilidad del IVA soportado con ocasión de una regularización requiere su contabilización como reserva, tratándose como un error contable (Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución de 3 de octubre de 2013. R.G. 6195/2011)
  • 2.7 Impuesto sobre la Renta de No Residentes.- No se aplica la interpretación dinámica de los Convenios a la modificación de los Comentarios al artículo 12 del Modelo de Convenio y de la observación española nº 28 por los cuáles deja de considerarse canon la retribución del derecho a comercializar programas informáticos estandarizados (Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución de 5 de noviembre de 2013)
  • 2.8 IVA.- Sobre el efecto directo de las normas comunitarias (Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución de 28 de octubre de 2013).
  • 2.9 IVA.- Acreditación de la condición de sujeto pasivo para la exención en entregas de bienes destinados a otro Estado Miembro (Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución de 17 de octubre de 2013).
  • 2.10 ITP-AJD.- Liquidación de sociedades en la que se adjudican inmuebles hipotecados (Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución de 14 de noviembre de 2013)
  • 2.11 Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.- La reducción por parentesco también resulta aplicable a los afines (Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución de 14 de noviembre de 2013)
  • 2.12 Procedimiento administrativo.– La revisión de una solicitud de devolución de ingresos indebidos no puede realizarse mediante un procedimiento de verificación de datos (Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución de 28 de noviembre de 2013)
  • 2.13 Procedimiento administrativo.– La notificación electrónica no es válida si no consta el acceso o la falta de acceso por el contribuyente (Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución de 7 de noviembre de 2013)

3. NORMATIVA

  • 3.1 Convenio de Doble Imposición entre España y Argentina
  • 3.2 Comunicación de datos del perceptor de rentas del trabajo a su pagador
  • 3.3 Modificaciones en los modelos 595 y 525. Impuestos Especiales
  • 3.4 Aprobación del modelo 165 de "Declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación" y modificación del modelo 345
  • 3.5 Prórroga de determinados regímenes de ayudas estatales aplicables en las Islas Canarias
  • 3.6 Reglamento del Impuesto sobre Gases Fluorados de Efecto Invernadero y otras modificaciones introducidas en diversas normas reglamentarias
  • 3.7 Modificación del Reglamento de los Impuestos Especiales
  • 3.8 Cajas de Ahorros y Fundaciones Bancarias
  • 3.9 Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014
  • 3.10 Tipo de interés efectivo anual para el primer trimestre natural del año 2014, a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros