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Brexit: la futura relación con el Reino Unido deja fuera los servicios financieros

El Consejo Europeo aprobó el 23 de marzo de 2018 las orientaciones para la negociación de la futura relación entre la Unión Europea y el Reino Unido. Las orientaciones confirman que la relación económica se quedará en un acuerdo de libre comercio. Implican además el rechazo de la propuesta británica de replicar el mercado único de servicios financieros.

La propuesta británica

La propuesta británica, formulada en los discursos de Theresa May del 2 de marzo de 2018 y de Philip Hammond del 7 de marzo, parte de que al día de la salida del Reino Unido su regulación financiera será idéntica a la de la Unión Europea. Ello permitiría pactar el libre acceso a los mercados respectivos en base a los principios de reconocimiento mutuo y equivalencia regulatoria recíproca. El sistema cubriría todos los servicios y sujetos financieros.

La propuesta reconoce que el Reino Unido recupera su soberanía legislativa y contempla por lo tanto las consecuencias de eventuales cambios regulatorios futuros: si tales cambios tuviesen como resultado la ruptura de la equivalencia tendrán consecuencias “razonables y proporcionadas”.

Los británicos ofrecen incluso un tratamiento especial “mutuamente satisfactorio” en un punto especialmente sensible: las cámaras de compensación situadas en Londres que operan sobre euros; esto supondría mayores salvaguardas que eviten futuras divergencias regulatorias.

El Reino Unido abandonaría las agencias supervisoras europeas pero se mantendría una estrecha colaboración entre reguladores y supervisores. Todo el sistema contaría con una estructura de gobernanza adecuada y un mecanismo de arbitraje independiente para la resolución de disputas. Todo cambio iría precedido de preavisos que den tiempo a las autoridades y a las empresas para adaptarse.

La respuesta europea

El Presidente Tusk no solo no incluyó ninguna previsión sobre servicios financieros en el borrador de orientaciones que presentó el 7 de marzo sino que rechazó al día siguiente la propuesta de Philip Hammond reprochando incluso que se permitiese opinar sobre lo que era bueno para la Unión Europea. La resolución del Parlamento Europeo de 14 de marzo sobre el marco de la futura relación confirmó no solo el fin del pasaporte en servicios financieros y de las sucursales sujetas a supervisión del Reino Unido sino que también subrayó que las declaraciones de equivalencia seguirán siendo no recíprocas sino unilaterales y que la salvaguarda de la  estabilidad financiera exigirá excepciones y limitaciones a los servicios financieros transfronterizos.

Las orientaciones definitivas del Consejo Europeo no han suavizado la postura del Presidente Tusk y del Parlamento. En materia de comercio de servicios en general  se limitan a anunciar el objetivo de permitir el acceso al mercado bajo las normas del Estado de acogida, incluyendo el derecho de establecimiento, pero solo hasta un límite consistente con el hecho de que el Reino Unido se convertirá en un país tercero y dejará de compartir con la Unión un marco regulatorio, de supervisión, de cumplimiento y judicial.

Toda mención a los servicios financieros brilla por su ausencia y la expresa referencia en las orientaciones al imperio de las normas del Estado de acogida va desde luego en sentido contrario al sistema de reconocimiento mutuo y equivalencia regulatoria que proponía la parte británica. Las orientaciones han incorporado la llamada del Parlamento a salvaguardar la estabilidad y la regulación financieras de la Unión, lo cual anuncia que los servicios financieros serán tratados con más restricciones incluso que el resto de servicios.

El periodo de transición y la necesaria adaptación

La mayor definición del periodo de transición que contemplará el acuerdo de salida permite vislumbrar también cuando se materializará la salida del Reino Unido del mercado único de servicios financieros: será el 1 de enero de 2021 ya que hasta tanto el Reino Unido seguirá sometido a todo el acervo de la Unión, incluidas las nuevas normas que se dicten hasta entonces.

Las consecuencias son profundas y numerosas y la Comisión Europea ha emitido ya en febrero de 2018 una batería de notices to stakeholders advirtiendo de ellas en cada segmento de los servicios financieros. Las entidades deben concluir sus procesos de adaptación.

¿Cabe marcha atrás? Las propias orientaciones del Consejo Europeo dicen que todo puede cambiar si el Reino Unido reconsidera su rechazo del mercado único y la unión aduanera. El Gobierno británico no da desde luego señales en ese sentido. El acuerdo de salida sigue pendiente de la concreción del pacto de diciembre de 2017 de no establecer una frontera “dura” en la isla de Irlanda. Sigue sin estar claro cómo conciliar esto con la salida del Reino Unido del mercado único y la unión aduanera pero no sería prudente pensar que esta dificultad va a ser la que cambie el curso de las cosas y traiga un Brexit blando y con él una futura relación que mantenga al Reino Unido dentro del mercado único de los servicios financieros.