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Castilla y León reduce el primer tramo de la tarifa autonómica del IRPF

España - 

Alerta Tributario Castilla y León

Además, se declara la incompatibilidad de las deducciones por nacimiento o adopción o por cuidado de hijos menores con las ayudas y prestaciones públicas de la misma naturaleza; y se incrementan algunos incentivos fiscales en el medio rural.

En el Boletín Oficial de Castilla y León de 12 de diciembre de 2022 se ha publicado la Ley 2/2022, de 1 de diciembre, por la que se introducen diversas medidas tributarias con efectos desde el 1 de enero de 2022, de las que a continuación se resumen las de mayor interés:

1. Se reduce en medio punto el primer tramo de la escala autonómica de gravamen de IRPF aplicable a la base liquidable general, que pasa del 9,5 % al 9 %. Tras esta modificación, la escala queda como sigue:

2. Se establece que la deducción por nacimiento o adopción o por cuidado de hijos menores del IRPF será incompatible con las ayudas y prestaciones públicas otorgadas por la Junta de Castilla y León de naturaleza análoga. En el supuesto de que se hubiera optado por solicitar las mencionadas ayudas y prestaciones y se hubieran concedido, no se tendrá derecho a aplicar las referidas deducciones.

3. Los contribuyentes residentes en municipios de menos de 5.000 habitantes podrán deducir en el IRPF las siguientes cantidades por cada hijo nacido o adoptado durante el periodo impositivo, que genere el derecho a la aplicación del mínimo por descendiente:

  • 1.420 euros si se trata del primer hijo.
  • 2.070 euros si se trata del segundo hijo.
  • 3.300 euros si se trata del tercer hijo o sucesivos.

4. Finalmente, se reduce del 3% al 2% el tipo impositivo del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (en su modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas) aplicable en las transmisiones de inmuebles que se destinen a ser sede social o centro de trabajo en el medio rural (municipios de menos de 10.000 habitantes, con carácter general, o de 3.000 habitantes, si distan menos de 30 kilómetros de la capital de la provincia) cuando la adquisición esté vinculada a la creación de empleo.