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Castilla y León modifica parte de su normativa sobre licencias para el ejercicio de la actividad

España - 

El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León ha aprobado, el pasado 3 de octubre, el Decreto por el que se modifican varios anexos de la Ley del Ruido y la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, ambas autonómicas, ante la necesidad de adaptarlas a la legislación básica estatal. La finalidad es evitar contradicciones y dudas interpretativas que ponían en peligro la efectiva aplicación de estas normas, en relación con la legislación básica estatal.

Estas leyes autonómicas son de gran importancia para la actividad económica, así como para la calidad de vida de la población, en la medida en que establecen el régimen jurídico de la intervención administrativa en relación con los espectáculos públicos y las actividades recreativas y, asimismo, vigilan la contaminación acústica de cara a evitar molestias para la salud humana o el medio ambiente. De igual modo, constituyen el marco autonómico sobre infracciones y sanciones en la materia, a las cuales deberán adecuarse las correspondientes ordenanzas municipales sectoriales.

Las modificaciones se refieren a aspectos técnicos sobre el catálogo de actividades conforme al cual se conceden ciertas autorizaciones o licencias, tanto municipales como de carácter medioambiental, para el ejercicio de las mismas. Se trata de actividades recreativas, que se oponen a las comúnmente denominadas “inocuas” y que soportan un nivel de intervención administrativa mayor de cara a su implantación.

El texto, publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León, nº 193, de 7 de octubre de 2019, se puede consultar aquí: Decreto 38/2019, de 3 de octubre, por el que se modifican los Anexos II, III, IV, V y VII de la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León y el Anexo de la Ley 7/2006, de 2 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Castilla y León.