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Colombia: Se mantienen los plazos para las obligaciones formales de precios de transferencia

Colombia - 

Alerta Tributario Colombia

A la fecha 21 de mayo de 2020, la Administración Tributaria no ha modificado ni ha anunciado la intención de prorrogar las fechas de vencimiento para la presentación de las obligaciones formales de precios de transferencia. 

En este sentido, el Decreto 2345 de 2019 establece, como sigue, cuáles son los contribuyentes obligados a cumplir con la presentación de dichas obligaciones por el año gravable 2019:

Declaración Informativa

  • Los contribuyentes del impuesto sobre la renta, cuyo patrimonio bruto en el último día del año o periodo gravable sea igual o superior al equivalente a 100.000 UVT ($3.427.000.000) o cuyos ingresos brutos del respectivo año sean iguales o superiores a 61.000 UVT ($2.090.470.000) que hayan celebrado operaciones con vinculados económicos localizados en el exterior o zona franca durante el año gravable 2019.
  • Los contribuyentes de impuesto sobre la renta que hubieran realizado operaciones con personas, sociedades, entidades o empresas ubicadas residentes o domiciliadas en jurisdicciones no cooperantes, de baja o nula imposición y regímenes tributarios preferentes, aunque su patrimonio bruto a 31 de diciembre de 2019 o sus ingresos brutos en el mismo año, hubieran sido inferiores a los topes señalados previamente.

Informe Local

Este informe debe ser presentado por aquellos contribuyentes que se encuentren obligados a presentar la Declaración Informativa y que además cumplan con alguno de los siguientes supuestos:

  • A 31 de diciembre de 2019 hayan registrado operaciones con vinculados económicos localizados en el exterior o zona franca iguales o superiores a 45.000 UVT ($1.542.150.000).
  • A 31 de diciembre de 2019 hayan registrado operaciones con personas, sociedades, entidades o empresas ubicadas residentes o domiciliadas en jurisdicciones no cooperantes, de baja o nula imposición y regímenes tributarios preferentes iguales o superiores a 10.000 UVT ($342.700.000).

La fecha de presentación de la Declaración Informativa y el Informe Local se establece de acuerdo con el último dígito del NIT:

Informe Maestro e Informe País por País

Finalmente, aquellos contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, que se encuentren en alguno de los supuestos señalados dentro del Decreto 2120 de 2017, deberán presentar también el Informe Maestro y el Informe País por País; atendiendo igualmente el último dígito del NIT.

Si tiene alguna inquietud sobre si su compañía se encuentra o no sujeta a cumplir con estas obligaciones y/o requiere asistencia en la preparación de las mismas; por favor no dude en contactarnos.