Colombia: Modificaciones al régimen sancionatorio y de delación del derecho de la competencia
Alerta Competencia Colombia
El Proyecto de Ley No. 369 de 2021 (Cámara), por medio del cual se adoptan medidas en materia de transparencia, prevención y la lucha contra la corrupción, fue conciliado en las plenarias del Senado y de la Cámara, y se encuentra ahora a la espera de sanción presidencial. En este Proyecto fueron incluidos tres artículos relacionados con el régimen sancionatorio y de delación del derecho de la competencia.
En el régimen de delación se incluyeron tres parágrafos a través de los cuales se declara que las pruebas, la identidad de los beneficiarios y el proceso de negociación de los beneficios por colaboración, serán reservados mientras no se encuentre en firme el acto administrativo que pone fin a la actuación administrativa, sin perjuicio del debido ejercicio del derecho de defensa. Adicionalmente, se establece que quien obtenga la exoneración total o parcial de las multas a imponer, no responderán solidariamente por los daños causados en virtud del acuerdo anticompetitivo y, en consecuencia, responderán de manera proporcional.
Respecto del régimen sancionatorio, las multas se determinarían a través del mayor de los siguientes criterios:
La SIC utilizaría los siguientes criterios para graduar las multas:
Los criterios agravantes de la dosificación de las sanciones serían los siguientes:
Adicionalmente, el Proyecto de Ley establece que con cada circunstancia agravante procederá un aumento de hasta el 10% sobre el importe de la multa, sin exceder los límites previstos en la Ley. Así mismo, la circunstancia de atenuación incluida en las multas de las personas jurídicas fue modificada, y esta solo aplicará en los casos en los que el investigado acepte los cargos formulados y no haya sido reconocido como delator.
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