Comentario Fiscal 1-2014
El 8 de marzo de 2014 se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 4/2014, de 7 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial. Esta norma, en la que también se incluyen medidas de carácter fiscal, pretende mejorar el marco legal preconcursal de los acuerdos de refinanciación en los que mediante el consenso entre el deudor y los acreedores se persigue maximizar el valor de los activos y reducir o aplazar los pasivos del deudor a fin de evitar su concurso.
Las medidas fiscales contempladas en este Real Decreto-ley consisten en reducir o diferir la tributación (i) de las operaciones de capitalización de deudas o (ii) de los acuerdos de quitas y esperas derivados de la aplicación de la Ley Concursal.
En concreto, en el Impuesto sobre Sociedades (i) se establece la ausencia de tributación en los supuestos de capitalización de deudas, salvo que la misma hubiera sido objeto de una adquisición derivativa por el acreedor por un valor distinto al nominal de la misma, y (ii) se introduce un sistema especial de imputación del ingreso del deudor derivado de los acuerdos de quitas y esperas. Para este último supuesto, se extiende la exención en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados a las escrituras que contengan quitas o minoraciones de los préstamos, créditos y demás obligaciones.
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