Control de concentraciones
Newsletter Derecho Europeo y de la Competencia Portugal
Según las directrices emitidas por la Autoridad de Competencia, toda notificación referente a concentraciones deberá remitirse por vía telemática. De hecho, los abogados que desarrollan su labor en esta área ya venían comunicando la mayoría de las operaciones de forma electrónica.
La Dirección General de Competencia (el órgano de la Comisión Europea encargado de la aplicación de las normas sobre competencia) ha pedido a las empresas que, en la medida de lo posible, aplacen toda notificación cubierta por el ámbito de aplicación del Reglamento sobre Concentraciones de la UE. Semejante medida obedece a la complejidad de la situación generada por la COVID-19 y a las dificultades inherentes a la recopilación de la información necesaria (en particular por parte de terceros) para analizar las operaciones notificadas. Pese a no ser muy clara, esta medida aparentemente impone a las empresas sujetas a la obligación de notificación de las operaciones de concentración la responsabilidad de mantener esas operaciones en suspenso hasta que se les indique lo contrario. Por tanto, cabe esperar una gran desaceleración en la evolución de los mercados en los próximos meses.