COVID-19: Andalucía introduce una nueva deducción por donaciones en el IRPF
Alerta Tributario Andalucía
El 15 de julio de 2020 se ha publicado en el BOJA el Decreto-ley 19/2020, de 14 de julio, por el que se establecen medidas urgentes en materia de sanidad, fiscales y presupuestarias así como de apoyo a agricultores, ganaderos y pymes agroalimentarias ante la situación generada por el COVID-19.
Las medidas tributarias aprobadas son las siguientes:
a) Deducción por donaciones en IRPF: Se aprueba una nueva deducción autonómica en el IRPF por la realización de donaciones al Servicio Andaluz de Salud para la lucha contra el avance del COVID-19. La deducción ascenderá al 15% de las cantidades donadas, con el límite de 500 euros. La efectividad de la donación se justificará de acuerdo con lo previsto en el artículo 24 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Esta medida tendrá efectos desde el 1 de enero de 2020 y estará en vigor solo para el año 2020.
b) Tasa fiscal sobre juegos de suerte, envite o azar: Con efectos desde el 1 de julio de 2020 y vigencia exclusiva hasta el 31 de diciembre de 2020, se exonera a los sujetos pasivos del cumplimiento de determinados requisitos para la aplicación de la cuota fija reducida para máquinas B.1 con apuesta limitada, relativos al parque de máquinas que tuviera la empresa operadora a fecha 1 de octubre de 2017.
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