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COVID-19: Así funciona el nuevo fondo de 10.000 millones de euros para reestructurar empresas estratégicas solventes

España - 

Alerta Reestructuraciones e Insolvencias España

Como ya hiciera la Comisión Europea con su instrumento de liquidez para apoyo a la solvencia ('Solvency Support Instrument') lanzado a finales de mayo y cuyos rasgos generales se describen aquí, el Gobierno de España ha creado, mediante el Real Decreto-ley 25/2020, un nuevo fondo para intentar prevenir las insolvencias de empresas económicamente viables.

El nuevo fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas (FASEs) operará separadamente del instrumento europeo de liquidez pues, a diferencia de este último, el fondo español está pensado para dar respuesta a situaciones de crisis empresarial en las que el crédito bancario y otras medidas de liquidez se han demostrado insuficientes para asegurar la viabilidad de empresas severamente afectadas por la pandemia del COVID-19.

Las características del nuevo fondo son las siguientes:

  • Naturaleza: el FASEs forma parte del sector público estatal como fondo sin personalidad jurídica y tiene vocación temporal, pues puede ser suprimido por orden del Ministerio de Hacienda. El FASEs se adscribe a la Administración General del Estado a través de este Ministerio.
  • Gestión: corresponde a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), mediante un Consejo Gestor cuya composición y funcionamiento se determinará mediante Acuerdo de Consejo de Ministros.
  • Importe: con una dotación inicial de hasta 10.000 millones de euros.
  • Operaciones: mecanismos de recapitalización mediante aportación de fondos, toma de instrumentos financieros, concesión de préstamos participativos, suscripción de deuda subordinada, instrumentos híbridos, y ejecución de cualquier tipo de participación en el capital social de las empresas elegibles, mediante la adquisición de sus acciones o participaciones.
  • Destino: podrán acceder a los mecanismos del FASEs las empresas solventes no financieras consideradas estratégicas para el tejido productivo y económico español, tanto nacional como regional, siempre que sean relevantes para la seguridad, la salud de las personas, las infraestructuras, las comunicaciones, o por su contribución al buen funcionamiento de los mercados.
  • Límites: las operaciones del fondo tendrán como límite la normativa europea en materia de ayudas estatales. En concreto, deben respetar el Marco Temporal revisado para este tipo de ayudas, aprobado por la Comisión Europea el 8 de mayo de 2020, que establece las condiciones para que las ayudas sean compatibles con las normas del mercado interior.
  • Acceso: mediante la presentación de una solicitud por las empresas elegibles con justificación de que reúnen los requisitos para acceder a este mecanismo.
  • Requisitos: los requisitos a cumplir para optar a las operaciones del FASEs y las condiciones aplicables a las mismas, así como el régimen de funcionamiento del Fondo, de movilización de recursos y de liquidación, se determinarán por Acuerdo de Consejo de Ministros, sin requerir ulterior desarrollo normativo.
  • Concesión: el Consejo Gestor decidirá sobre las solicitudes que presenten las empresas, correspondiendo al Consejo de Ministros aprobar las operaciones planteadas. Si la solicitud no fuera respondida en el plazo de seis meses, se entenderá denegada. En caso de concesión de la ayuda, el FASEs deberá elaborar un plan de desinversión de la participación estatal.
  • Titularidad de los instrumentos: las participaciones, acciones, títulos y demás instrumentos que pudiera adquirir el FASEs no formarán parte del patrimonio de la Administración General del Estado.
  • Exenciones para toma de control: la entrada del FASEs en el capital de las empresas elegibles estará exenta de formular oferta pública de adquisición.
  • Exenciones fiscales y de gastos: se exime de cualquier tributo estatal, autonómico o local a todas las transmisiones patrimoniales, operaciones societarias y actos derivados, directa o indirectamente de las actuaciones del FASEs, incluidas las aportaciones de fondos o ampliaciones de capital que se ejecuten para la capitalización y/o reestructuración financiera y patrimonial de las empresas elegibles. Tampoco tendrán que pagar aranceles u honorarios de notarios y registradores de la propiedad o mercantiles.
  • Asesores y expertos independientes: el FASEs podrá auxiliarse de auditores de cuentas, asesores legales y demás expertos independientes para cumplir sus funciones. Todos ellos deberán guardar reserva de la información recibida y no podrán revelarla, excepto con las excepciones previstas en las leyes o cuando las empresas hagan pública la información reservada.
  • Presupuesto del FASEs para el 2020: según el Anexo I de la normativa que crea el fondo, para el ejercicio 2020 se ha incluido en el presupuesto del FASEs un gasto de 3.000 millones de euros para la compra de activos financieros y concesión de créditos.