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COVID-19: Asturias actualiza el régimen de aplazamientos y fraccionamientos excepcionales de deudas tributarias

España - 

Alerta Tributario Asturias

Ante las sucesivas prórrogas del estado de alarma, se permitirá aplazar o fraccionar deudas de autónomos, pymes y microempresas con vencimiento hasta el 31 de agosto.

En el Decreto 11/2020, de 8 de abril, se reguló la posibilidad de aplazar o fraccionar deudas tributarias de autónomos, pymes y microempresas por un plazo máximo de 6 meses sin intereses de demora (ver nuestra alerta). Este aplazamiento o fraccionamiento se refería a deudas resultantes de autoliquidaciones, liquidaciones y recibos cuyo plazo de presentación e ingreso en período voluntario terminara entre el día de finalización del estado de alarma y el 31 de mayo de 2020.

Tras las prórrogas del estado de alarma se revisa ahora este régimen de aplazamientos y fraccionamientos mediante el Decreto 17/2020, de 21 de mayo (publicado el 26 de mayo de 2020). En concreto, se podrán aplazar o fraccionar hasta diciembre de 2020, sin intereses de demora:

a) Las deudas derivadas de autoliquidaciones de tributos gestionados por el Principado de Asturias cuyo plazo de presentación e ingreso en período voluntario finalice entre el día siguiente al de finalización del estado de alarma y el 31 de agosto de 2020, ambos inclusive.

b) Las deudas tributarias resultantes de liquidaciones practicadas por la Administración del Principado de Asturias cuyo período voluntario finalice entre el día siguiente al de finalización del estado de alarma y el 31 de agosto de 2020, ambos inclusive.

c) Las deudas tributarias resultantes de recibos de campañas de tributos propios o locales gestionados por el Ente Público de Servicios Tributarios cuyo período voluntario finalice entre el día siguiente al de finalización del estado de alarma y el 31 de agosto de 2020, ambos inclusive.

La deuda tributaria se podrá hacer efectiva mediante la solicitud de un fraccionamiento en cuotas mensuales de idéntico importe, que vencerán entre septiembre y diciembre de 2020; o bien se podrá aplazar hasta diciembre de 2020.