COVID-19: Canarias prorroga hasta el 31 de octubre el tipo cero del IGIC en la importación y entrega de equipos y material para combatir la pandemia
Alerta Tributario Canarias
El 24 de abril de 2020 se publicó el Decreto ley 8/2020, de 23 de abril, que establecía un tipo del cero por ciento en el IGIC para la importación o entrega de determinados bienes necesarios para combatir los efectos del COVID-19 (acceda a nuestra alerta). Este tipo resultaba aplicable hasta el 31 de julio de 2020. Ahora, mediante el Decreto ley 13/2020, de 30 de julio, se prorroga hasta el 31 de octubre de 2020 la aplicación del tipo cero.
Este tipo resultará aplicable a las siguientes operaciones relativas a los equipos y material necesarios para combatir el COVID-19:
1. Importaciones cuyos sujetos pasivos sean entidades de Derecho Público, clínicas o centros hospitalarios y entidades o establecimientos privados de carácter social.
2. Importaciones cuyos sujetos pasivos sean personas o entidades distintas de las anteriores, siempre que los bienes importados sean objeto de una posterior entrega interior en Canarias (por existir un compromiso de adquisición previa) a entidades de Derecho Público, clínicas o centros hospitalarios, o a entidades o establecimientos privados de carácter social. En este caso, será necesario acompañar a la declaración de importación el documento justificativo del compromiso de adquisición previa.
3. Entregas en Canarias cuyos adquirentes sean entidades de Derecho Público, clínicas o centros hospitalarios, o entidades o establecimientos privados de carácter social.
La disposición final primera de esta norma modifica la relación de los equipos y material que se pueden beneficiar de la aplicación del referido tipo cero.
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