COVID-19: Castilla-La Mancha amplía plazos para presentar declaraciones e ingresar impuestos
España -
Alerta Tributario Castilla-La Mancha
El 1 de abril de 2020 se ha publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la Orden 43/2020, de 31 de marzo, por la que se adoptan medidas excepcionales consistentes en la ampliación de plazos para presentar declaraciones y realizar pagos en relación con tributos gestionados por esta comunidad autónoma.
Su entrada en vigor se ha producido el mismo día de su publicación.
Las medidas tributarias aprobadas son las siguientes:
- Se amplía en un mes el plazo para presentar e ingresar las autoliquidaciones de los tributos, tanto propios como cedidos, gestionados por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, cuando su plazo original finalice durante la vigencia del estado de alarma (considerando sus prórrogas). Este plazo de un mes se computará desde la fecha de finalización de la vigencia del estado de alarma.
Cuando el fin del plazo original de presentación e ingreso de las autoliquidaciones de dichos tributos se produzca en los quince días naturales siguientes a la finalización del estado de alarma, el plazo se ampliará en un mes, contado a partir de esta fecha de finalización - Se podrá realizar entre el 1 y el 20 de julio el pago de la Tasa fiscal sobre juegos de suerte, envite o azar, relativa a las máquinas o aparatos aptos para la realización de juegos recreativos y de azar, cuyo ingreso fraccionado se hubiera debido realizar entre el 1 y el 20 de abril.
Los plazos anteriores se entienden sin perjuicio de la posibilidad que tienen los sujetos pasivos de efectuar la presentación y el pago de los tributos por medios telemáticos en los plazos ordinarios.
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