COVID-19: Se desarrolla el régimen de reequilibrio económico para ciertos tipos de concesiones adjudicadas por el Estado
Alerta Derecho Administrativo
El 9 de julio de 2020 ha entrado en vigor el Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio, de medidas de reactivación económica para hacer frente al impacto del COVID-19 en los ámbitos de transportes y vivienda, que contiene medidas de máxima relevancia en materia de contratación pública.
En particular, resulta de máximo interés la regulación contenida en sus artículos 24 y 25, en los que se desarrolla de forma específica el régimen de reequilibrio económico-financiero establecido en el artículo 34.4 del Real Decreto-ley 8/2020 para los siguientes tipos de contratos adjudicados por la Administración General del Estado:
- Contratos de gestión de servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera de uso general.
- Contratos de concesiones para (i) la construcción, conservación y explotación de autopistas de peaje; (ii) la conservación y explotación de las autovías de primera generación; y (iii) las concesiones de áreas de servicio de la Red de Carreteras del Estado.
Entre otras cuestiones, se regulan aspectos tan esenciales como el plazo para formular las solicitudes de reequilibrio, las condiciones que deben reunir las mismas o los mecanismos mediante los que se articulará dicho reequilibrio.
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