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COVID-19: La 'desescalada' empieza para el deporte el 4 de mayo y se ampliará en las próximas semanas

España - 

Alerta Sports & Entertainment España

El Gobierno ha aprobado la previsión orientativa para el levantamiento de las limitaciones derivadas del estado de alarma en el deporte. Los deportistas profesionales podrán retomar sus entrenamientos de manera individual a partir del lunes 4 de mayo (fase 0), fase en la cual también se prevé el entrenamiento básico de ligas profesionales, que se ampliará a entrenamiento medio en la fase I y al entrenamiento total en la fase II. La reapertura de las competiciones profesionales se prevé que tenga lugar en la fase II, si bien se realizaría a puerta cerrada o con limitación de aforo, permitiéndose su retransmisión.

CONTEXTO

El Gobierno aprobó, en el Consejo de Ministros del 28 de abril,  las pautas para iniciar el plan de desescalada, tomando en consideración los principios definidos por la Organización Mundial de la Salud a tener en cuenta para plantear el desconfinamiento derivado del estado de alarma.

De acuerdo con la referencia del Consejo de Ministros, el objetivo del plan es recuperar paulatinamente la vida cotidiana y la actividad económica, minimizando el riesgo que representa la epidemia para la salud de la población y evitando que las capacidades del Sistema Nacional de Salud puedan verse desbordas. El referido plan consta de cinco fases, de duración mínima de dos semanas cada una de ellas y que, en grandes rasgos, son las siguientes:

  1. Fase 0 o de preparación de la desescalada: permitiendo la movilidad fuera del domicilio, fundamentalmente en el ámbito privado, y medidas con un riesgo asociado de contagio muy bajo o nulo.
  2. Fase I o inicial: en función del cumplimiento de los indicadores del cuadro de mandos en los diferentes territorios, se permitirá la apertura parcial de actividades, en particular, actividades económicas como pudieran ser la apertura del pequeño comercio.
  3. Fase II o intermedia: en esta fase se plantea la apertura parcial de actividades que se mantienen restringidas en la fase I.
  4. Fase III o avanzada: se flexibiliza la movilidad general, si bien se mantendrá la recomendación del uso de la mascarilla fuera del hogar y en los transportes públicos.
  5. Nueva normalidad: terminan las restricciones sociales y económicas, pero se mantiene la vigilancia epidemiológica, la capacidad reforzada del sistema sanitario y la autoprotección de la ciudadanía.

El Ministerio de Sanidad ha publicado en su página web el “Plan de Transición hacia una Nueva Normalidad” y un Anexo II en el que se detalla de manera orientativa cada una de dichas fases, especificando que las decisiones y fechas concretas sobre el efectivo levantamiento de las limitaciones establecidas durante el estado de alarma se determinarán a través de los correspondientes instrumentos jurídicos.

EFECTOS PARA EL DEPORTE

Por lo que se refiere al mundo del deporte, el plan de desescalada sería el siguiente:

En resumen, los deportistas profesionales podrán retomar sus entrenamientos de manera individual a partir del lunes 4 de mayo (fase 0), fase en la cual también se prevé el entrenamiento básico de ligas profesionales, que se ampliará a entrenamiento medio en la fase I y al entrenamiento total en la fase II. La reapertura de las competiciones profesionales se prevé que tenga lugar en la fase II, si bien se realizaría a puerta cerrada o con limitación de aforo, permitiéndose su retransmisión.

Condiciones para la práctica del deporte

Entre el 1 y el 3 de mayo se publicaron en el BOE varias órdenes en las que aclara los términos en los que se llevarán a cabo las actividades deportivas.

  • Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (BOE de 1 de mayo de 2020)
  • Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, por la que se establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios, y la apertura de archivos, así como para la práctica del deporte profesional y federado (BOE de 3 de mayo de 2020)

Según esta nueva normativa, la situación para los deportistas es la siguiente: