COVID-19: El Ayuntamiento de Madrid suspende el cómputo de determinados plazos tributarios
Con el fin de salvaguardar los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración, el Decreto del Alcalde del Ayuntamiento de Madrid de 26 de marzo de 2020 (publicado el 20 de abril) acuerda suspender determinados plazos tributarios.
En concreto, se ha acordado suspender el cómputo de los siguientes plazos:
a) El plazo de pago de las autoliquidaciones tributarias.
b) El plazo de presentación de declaraciones tributarias.
c) El plazo para la solicitud de prórroga para el pago del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, por transmisiones mortis-causa.
Esta suspensión afecta a aquellos plazos que no hubieran vencido a 13 de marzo de 2020. Su cómputo se reanudará al día siguiente de la finalización del estado de alarma o de reapertura de las oficinas municipales, si esta se produjera con posterioridad:
Este Decreto surte efectos desde el día de su adopción (el 26 de marzo), sin perjuicio de su publicación posterior en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
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