COVID-19: Gipuzkoa amplía el plazo de presentación e ingreso de las autoliquidaciones trimestrales y declaraciones no periódicas, informativas y recapitulativas de determinados obligados tributarios
España -
Alerta Tributario País Vasco
Ante la evolución de la situación provocada por la crisis sanitaria y las nuevas limitaciones establecidas en la movilidad de la población, Gipuzkoa ha publicado el 2 de abril de 2020 la Orden Foral 136/2020, de 1 de abril, ampliando alguno de los plazos que ya habían sido prorrogados por el Decreto Foral-Norma 1/2020 (vea aquí nuestra alerta).
Así, se amplía hasta el 1 de junio el plazo de presentación e ingreso de las siguientes declaraciones y autoliquidaciones:
- Las autoliquidaciones del primer trimestre de 2020.
- Las declaraciones informativas y recapitulativas cuyo plazo de presentación finaliza entre el 14 de marzo y el 1 de junio.
- Las autoliquidaciones del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes correspondiente a establecimientos permanentes cuyo plazo de presentación finaliza entre el 14 de marzo y el 1 de junio.
- Las autoliquidaciones y las declaraciones no periódicas cuyo plazo de presentación finaliza entre el 14 de marzo y el 1de junio.
Esta ampliación de plazo únicamente será aplicable a los siguientes obligados tributarios:
- Las personas físicas.
- Las microempresas y pequeñas empresas.
- Las entidades en régimen de atribución de rentas que realicen actividades económicas, salvo que todos sus socios, herederos, comuneros o partícipes sean personas jurídicas.
- Las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal.
- Las herencias pendientes del ejercicio de un poder testatorio.
- Las sociedades patrimoniales.
- Las entidades sin fines lucrativos.
- Las entidades parcialmente exentas a las que se refiere el artículo 12.2 de la Norma Foral del Impuesto sobre Sociedades.
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