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COVID-19: México suspende actividades en organismos jurisdiccionales

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Derivado de la pandemia internacional causada por el COVID-19 y tomando en consideración las recomendaciones que las diversas autoridades sanitarias han realizado, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió el Acuerdo General número 3/2020 de fecha 17 de marzo de 2020, por medio del cual se ordena suspender toda actividad jurisdiccional de nuestro máximo tribunal.

Asimismo, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, emitió el comunicado 12/2020 de fecha 17 de marzo de 2020, en donde se señala que mediante el acuerdo 4/2020 se ordena suspender funciones jurisdiccionales en todos los órganos del Poder Judicial de la Federación, es decir, tanto en los Juzgados de Distrito Federales como en los Tribunales Colegiados de Circuito.

Por el acuerdo y el comunicado antes mencionados, tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como los diversos órganos del Poder Judicial de la Federación, suspenderán sus funciones durante el periodo comprendido del 18 de marzo al 19 de abril de 2020, declarándose en consecuencia dichos días como inhábiles.

La suspensión de actividades y funciones jurisdiccionales implica que no correrán plazos procesales en los asuntos pendientes de resolver en los órganos jurisdiccionales antes mencionados.

Finalmente, es menester señalar que, como supuestos de excepción a la suspensión de labores se encuentran, por una parte, en la Suprema Corte, el trámite de controversias constitucionales urgentes en donde se solicite la suspensión y, por otra parte, en los distintos órganos del Poder Judicial de la Federación, la atención de asuntos con el carácter de urgentes como el ejercicio de una acción penal, órdenes de cateo y solicitudes de extradición, entre otros.

De igual forma, y con la finalidad de ajustar el calendario de labores del Tribunal Federal de Justicia Administrativa con el del Poder Judicial de la Federación, el Pleno General de la Sala Superior de dicho Tribunal, emitió el Acuerdo SS/10/2020 de fecha 17 de marzo de 2020.

En el mismo, se señala que toda actividad jurisdiccional y administrativa del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, quedará suspendida por el periodo comprendido del 18 de marzo al 19 de abril de 2020 y dichos días se considerarán como inhábiles, por lo que no correrán los términos procesales en los asuntos pendientes de resolver por dicho Tribunal.