COVID-19: Vizcaya adopta una nueva extensión de los plazos de las liquidaciones practicadas por la Hacienda Foral
Alerta Tributario País Vasco
Vizcaya ha publicado el 14 de abril de 2020 la Orden Foral 749/2020, de 7 de abril, por la que amplía los plazos de las liquidaciones practicadas por la Hacienda Foral y extiende el aplazamiento a otros supuestos.
El Decreto Foral Normativo 1/2020 (ver alerta aquí) extendió en 15 días naturales el plazo de ingreso de las liquidaciones practicadas por la Administración cuyo período voluntario de pago concluyera entre el 16 de marzo y el 13 de abril de 2020.
La Orden Foral publicada el 14 de abril extiende el plazo de ingreso hasta el 1 de junio, inclusive, cuando el plazo voluntario establecido en la normativa finalice entre el 16 de marzo y dicha fecha, salvo que el otorgado por la norma general sea mayor, en cuyo caso resultará de aplicación este último. De esta extensión no se podrán beneficiar las deudas con vencimiento periódico.
Además, se podrán beneficiar de esta ampliación los siguientes plazos de pago:
1) Los plazos que se inicien con la denegación de solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de pago, de compensación a instancia de parte, de dación de bienes o derechos en pago de deuda o de suspensión del procedimiento recaudatorio.
2) Los plazos de pago en periodo ejecutivo derivados de la notificación de providencias de apremio.
3) Cualquiera de los plazos anteriores, en relación con las deudas tributarias de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, salvo que en sus ordenanzas se hayan previsto plazos extraordinarios para el pago de deudas como consecuencia del COVID-19.
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