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El gobierno balear aprueba una nueva ley de residuos y suelos contaminados que afirma apostar por la sostenibilidad medioambiental

España - 

Se introducen importantes novedades en materia de gestión de residuos y suelos contaminados, tomando en consideración las peculiaridades del archipiélago balear, para afrontar los retos que existen en la materia.

La Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Illes Balears pretende adoptar medidas y sistemas más efectivos, que hagan posible la consecución de los objetivos que marque la futura legislación de la Unión Europea en materia de residuos. Dicha norma se estructura en nueve títulos, seis disposiciones adicionales, cinco disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y cuatro disposiciones finales y contiene un total de ochenta y un artículos y ocho anexos.

El título I contiene las disposiciones y los principios generales, el objeto y la finalidad de la ley, los principios que tienen que regir la planificación y la gestión de los residuos, como los de autosuficiencia y proximidad, la jerarquía, las acciones de sensibilización, la educación y concienciación, y la necesidad de la implementación progresiva del pago por generación, real y efectivo, a través de los precios públicos, tarifas y tasas.

El título II estructura el régimen competencial en materia de residuos partiendo de la situación actual y buscando claridad y seguridad jurídica.

El título III pretende garantizar los objetivos de la ley y establecer medidas adecuadas para llegar a alcanzarlos. Contiene medidas para la prevención, la reutilización y la disminución de la condición de peligrosidad de los residuos y reducción cualitativa y cuantitativa, así como para evitar el desperdicio de alimentos y reducir la generación de residuos de envases o garantizar su gestión efectiva. A este respecto, el legislador autonómico va más allá de los límites y objetivos marcados en la normativa básica estatal y establece una serie de medidas que califica de “protección adicional”. Cabe citar, a modo de ejemplo, el establecimiento de importantes restricciones a la comercialización de productos de un solo uso (como pueden ser las bolsas y los cubiertos de plástico o los productos alimenticios en monodosis) a partir del 1 de enero de 2021.

El título IV se dedica a la futura creación del Ente de Residuos de las Islas Baleares, que será responsable de la ejecución del Fondo de Prevención y Gestión de Residuos.

Por su parte, los títulos V y VI regulan el régimen administrativo de la producción, la posesión y la gestión de residuos, fijando el régimen aplicable a determinados residuos, como los de construcción y demolición, los lodos de las aguas residuales urbanas o los vehículos fuera de uso.

El título VII desarrolla los aspectos relativos al control de los suelos afectados por contaminación antrópica, a la declaración de suelos degradados y contaminados, a su registro y a los procedimientos para la recuperación.

El título VIII afirma la importancia de la información en materia de residuos y el título IX establece aspectos relativos al régimen de vigilancia, control e inspección de infracciones y al régimen sancionador de la ley.

Por último, podemos destacar la previsión de la disposición adicional sexta, que habilita al gobierno balear para establecer un canon sobre el vertido y la incineración de residuos en caso de que no se alcancen los objetivos fijados por la ley.