El Gobierno peruano aprueba una reforma tributaria sustantiva
Alerta Tributario Perú 1-2018
Analizamos las principales modificaciones introducidas por los Decretos Legislativos publicados el pasado 13 de setiembre en materia tributaria.
Recientemente venimos siendo testigos de nuevos criterios y reformas legislativas que, desde el punto de vista tributario, replantean el escenario empresarial que tendremos en Perú durante los próximos años.
En esta oportunidad, la presente nota tiene por objetivo dar a conocer las principales modificaciones introducidas por los Decretos Legislativos publicados el 13 de setiembre del año en curso, en virtud de las facultades legislativas delegadas por el Congreso peruano a favor Poder Ejecutivo en materia tributaria.
Los principales cambios se encuentran orientados a delimitar los alcances de la aplicación por parte de la SUNAT de la Norma XVI, Norma antielusiva, en aras de brindar mayores garantías a los contribuyentes; inafectar los ingresos obtenidos por las transferencias de los derechos de cobro del inversionista que derivan de APP’s; establecer precisiones a la venta indirecta de acciones y a ciertos aspectos importantes de la regulación de Establecimientos Permanentes (EP); establecer nuevos parámetros en lo que respecta a la deducibilidad como gasto de los intereses por préstamos y la utilización como crédito de los impuestos pagados o retenidos en el extranjero; y, finalmente, delimitar los nuevos alcances del principio del devengado en materia tributaria con el propósito de tener lineamientos tributarios claros para su aplicación.
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