El Parlamento Europeo aprobó el 16 de abril nuevos requisitos de capital para los bancos y límites a la retribución variable
El Parlamento Europeo aprobó el 16 de abril de 2013 un importante paquete legislativo que impone unos requisitos de capital más exigentes a las entidades bancarias con el propósito de facilitar el flujo del crédito a la economía real y reforzar el sector ante futuras crisis. Además, se fijan límites a la remuneración variable de los bancos. Las nuevas normas, el Reglamento EU –CRR- y la cuarta actualización de la Directiva –CRD IV- tendrán que recibir el visto bueno formal del Consejo y se aplicarán a partir de enero de 2014. Este paquete legislativo transpone al derecho comunitario las normas de Basilea III.
Requisitos de capital
Los bancos estarán obligados a tener un 8% de capital de calidad, del que más de la mitad deberá ser Tier 1 y mínimo de riesgo (el doble del porcentaje actual). Este capital tiene que ser líquido, es decir, debe poder pasarse a metálico para pagar a ahorradores y acreedores en caso de necesidad. Además, se establece la obligación de mantener un colchón de conservación de capital para absorber pérdidas y un colchón de capital anticíclico.
Asimismo, para incentivar la financiación a pymes, las nuevas normas disminuyen los riesgos asociados a los préstamos a estas sociedades que reducen las reservas de capital que los bancos deben bloquear para cubrir impagos.
Retribución variable
Se establece, con carácter general, que la retribución variable de los banqueros no puede superar el salario fijo anual. No obstante, podría llegar a duplicarlo si, al menos, un 66% de los accionistas que tengan la mitad o más del capital lo aceptan (o un 75% de los votos si no hay quórum). Además, al menos el 25% de los bonos que superen el salario fijo tendrán que ser diferidos por un plazo mínimo de 5 años.
El objetivo de estas medidas es evitar la asunción de riesgos especulativos excesivos e imponer algunos umbrales mínimos ya que hasta el momento no existía ningún límite a estas primas en la retribución.
Transparencia y supervisión
La legislación aprobada exigirá a los bancos que publiquen sus beneficios, impuestos pagados y subsidios recibidos en todos los países, así como el volumen de negocio y el número de empleados. A partir de 2014, estas cifras tendrán que ser comunicadas a la Comisión Europea y se publicarán en la forma que se establezca a partir de 2015.
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