¡España abre por fin sus puertas al charter náutico!
El sector del chárter náutico se ha visto históricamente muy perjudicado en España como consecuencia de la existencia del denominado “impuesto de matriculación” (Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte), que además de gravar la primera matriculación en España de embarcaciones, también grava la utilización o circulación en España de las mismas. El pasado 30 de octubre de 2013 entró en vigor una modificación en la Ley de Impuestos Especiales (Ley 38/1992 o LIE) impulsada por ANEN, AEGY y AENB mediante la que se eliminó la eslora máxima de la exención del impuesto matriculación establecida para aquellas embarcaciones de recreo o de deportes náuticos destinadas efectiva y exclusivamente a actividades de alquiler (artículo 66.1.g) de la Ley 38/1992).