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El Gobierno de México otorgará estímulos fiscales a las empresas que decidan establecerse o relocalizarse en el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec

México - 

Estos beneficios fiscales, a los que se podrá acceder una vez que el Gobierno Federal publique las licitaciones para las concesiones relativas a los Polos de Desarrollo, ayudarán a las empresas a invertir en la región. Detallamos, a continuación, las claves de la nueva regulación.

El 5 de junio de 2023 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los beneficios fiscales aplicables a contribuyentes que decidan establecerse o relocalizarse en los llamados Polos de Desarrollo del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec. Los estímulos fiscales buscan impulsar el crecimiento económico de la región, así como fomentar la creación de empleos y la inversión privada, y serán otorgados a aquellas empresas a las que se otorgue títulos de concesión de terrenos ubicados en los Polos de Desarrollo a través de licitaciones públicas próximas a ser lanzadas por el Gobierno Federal.

El Corredor Interoceánico es una franja que atraviesa el Istmo de Tehuantepec (sureste de México) y que conecta al océano Pacífico con el Golfo de México, y por donde correrán líneas de ferrocarril, carreteras y otras infraestructuras.

¿Quiénes son elegibles?

Los beneficios fiscales serán otorgados a contribuyentes bajo el régimen simplificado de confianza de personas morales, personas físicas con actividades empresariales y profesionales, así como personas morales residentes en México y en el extranjero con establecimiento permanente que obtengan ingresos de las siguientes actividades económicas productivas:

  • Eléctrica y electrónica
  • Semiconductores
  • Automotriz (electromovilidad)
  • Autopartes y equipo de transporte
  • Dispositivos Médicos
  • Farmacéutica
  • Agroindustria
  • Equipo de generación y distribución de energía eléctrica (energías limpias)
  • Maquinaria y equipo
  • Tecnologías de la información y la comunicación
  • Metales y petroquímica

La Junta de Gobierno del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec podrá determinar cualquier otra actividad económica sujeta a los estímulos fiscales.

¿Qué requisitos se deben cumplir?

Los contribuyentes interesados en obtener los beneficios fiscales deberán cumplir con los lineamientos que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y con los siguientes requisitos:

      i. Estar al corriente en sus obligaciones fiscales;

      ii. Contar con título de concesión vigente o ser propietario dentro de alguna superficie dentro de algún Polo de Desarrollo; 

      iii. Presentar el proyecto de inversión por el que se otorgó el título de concesión referido en el requisito anterior;

      iv. Tener domicilio fiscal en el Polo de Desarrollo donde se realicen actividades económicas productivas elegibles.

La SHCP emitirá la constancia de cumplimiento con los requisitos establecidos anteriormente.

¿En qué consisten los beneficios fiscales?

  • Crédito fiscal acreditable contra el ISR

Los contribuyentes elegibles gozarán de un crédito fiscal acreditable contra el monto del Impuesto sobre la Renta (ISR) causado considerando únicamente los ingresos atribuibles a las actividades económicas realizadas al interior de los Polos de Desarrollo, así como las deducciones que sean estrictamente indispensables para la obtención de dichos ingresos.

Durante los tres primeros ejercicios fiscales contados a partir de la obtención de la constancia de cumplimiento que emita la SHCP, los contribuyentes gozarán de un crédito fiscal equivalente al 100% del ISR. Durante los siguientes tres ejercicios fiscales, el crédito será el equivalente al 50% o de hasta el 90% del ISR en caso de que se superen los niveles mínimos de empleo conforme los lineamientos que al efecto publique la SHCP.

  • Deducción inmediata del 100% del monto original de la inversión

Durante los primeros seis años desde la obtención de la constancia de cumplimiento que emita la SHCP, los contribuyentes elegibles podrán efectuar la deducción inmediata del 100% del monto original de la inversión de bienes nuevos de activo fijo que utilicen en los Polos de Desarrollo en lugar de aplicar los porcentajes máximos autorizados conforme la Ley del Impuesto sobre la Renta. 

  • Crédito fiscal acreditable contra el IVA

Durante los cuatro primeros años contados a partir del 6 de junio de 2023, los contribuyentes que realicen actividades económicas productivas al interior de los Polos de Desarrollo, que enajenen bienes, presten servicios independientes y otorguen el uso o goce temporal de bienes a personas que realicen actividades económicas productivas igualmente dentro de los citados Polos de Desarrollo gozarán de un crédito fiscal equivalente al 100% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que deba pagarse por las actividades anteriormente descritas.

Los contribuyentes que apliquen a los beneficios de crédito fiscal acreditable contra el ISR y deducción inmediata del 100% del monto original de inversión estarán sujetos a ciertas limitaciones para aplicar otros beneficios fiscales.

Sin duda, estos beneficios fiscales impulsarán la inversión en el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec y ayudarán a las empresas a invertir. El equipo multidisciplinario de Garrigues, incluyendo a nuestros expertos en infraestructura y fiscal, están asesorando de forma integral a clientes con interés en acceder a estos beneficios fiscales una vez que el Gobierno Federal publique las licitaciones para las concesiones relativas a los Polos de Desarrollo, lo cual se espera suceda próximamente.