Inscripción en el PREFO y recuperación de costes
El RDL 1/2012, de 27 de enero (BOE de 28/01/2012), llevó a cabo la suspensión del procedimiento de inscripción en el Registro de preasignación de retribución de instalaciones fotovoltaicas (PREFO), y con ello las instalaciones que solicitaron el acceso al régimen económico incentivado para 2012, quedaron sin posibilidad del reconocimiento del derecho a las tarifas reguladas. Muchos proyectos empresariales han decaído por este motivo y los costes incurridos por los ciudadanos para tal finalidad han devenido inservibles.
Dejando al margen otros debates, respecto a este último punto, queremos llamar la atención de todos aquellos que presentaron su solicitud de inscripción en el PREFO para el ejercicio 2012, pues en nuestra opinión es posible articular una reclamación de responsabilidad patrimonial frente al Gobierno solicitando de los Tribunales ser resarcidos de todos los costes directos que tuvieron que soportar.
El hecho de que se haya adoptado la decisión en una norma con rango de Ley no excluye esa posibilidad pues tanto la CE (art. 9.3) como la jurisprudencia del Tribunal Supremo han venido a reconocerla.
En particular destacaremos que existen precedentes de reconocimiento de indemnizaciones cuando los particulares perjudicados han efectuado inversiones por la confianza generada por medidas de fomento del Gobierno, plasmadas en disposiciones muy próximas en el tiempo al momento en que se produjo la supresión de las mismas.
En definitiva, con ese cambio de criterio se rompe el principio de buena fe que debe regir las relaciones de la Administración con los particulares, el de seguridad jurídica y el del equilibrio de prestaciones que debe presidir las relaciones económicas.
Así para todos aquellos afectados que no la hubieran formulado, nuestro consejo es que lo hagan con anterioridad al 28 de enero de 2013, fecha en el que el RDL 1/2012 cumplirá un año de vigencia.