Justicia retrasada, justicia denegada. Del Bronx a la Comisión Europea
Hace escasas fechas he tenido ocasión de leer dos documentos, de diferente naturaleza, pero con un mismo trasfondo, que ha motivado el título de este artículo. Uno es precisamente un artículo del New York Times del 13 de abril pasado sobre la situación de los Juzgados del barrio neoyorquino del Bronx, conocido por su alto nivel de delincuencia. El otro es un informe del mes de marzo de la Comisión Europea que evalúa diferentes aspectos de la administración de justicia en los diferentes países de la Unión.
FALTERING COURTS, MIRED IN DELAYS
En el artículo del New York Times -puede leerse en www.nytimes.com- bajo el título “Faltering Courts, Mired in Delays” (“Tribunales vacilantes, sumidos en retrasos”) el periodista William Glaberson relata por extenso sus diferentes experiencias durante varios meses (para la elaboración del reportaje) en los Juzgados del Bronx, que presentan un importante retraso en la resolución de los asuntos penales de los que conocen.
Como se expone en el reportaje, la sistemática carencia de recursos humanos y materiales ha traído consigo un retraso endémico en dichos Juzgados hasta el punto de instalarse en los mismos lo que se califica como una “cultura del retraso”.
La parte quizás más interesante de lo que se cuenta consiste en las consecuencias de esta situación en los acusados. Muchos, posiblemente culpables, pero en libertad, fomentarían estos retrasos y se aprovecharían de los mismos hasta el punto de que, con el tiempo, las pruebas de la acusación se irían difuminando: los testigos de los hechos criminales no pueden ser localizados o han fallecido o, sencillamente, ya no pueden recordar, pasados tantos años, detalles importantes de lo ocurrido. De esta manera, las estadísticas demostrarían que el porcentaje de absoluciones se incrementaría conforme lo hace el tiempo transcurrido hasta el enjuiciamiento.
Por otro lado, se encuentran aquellos que, inocentes, sufren sin embargo prisión provisional. Para ellos, los considerables retrasos de la tramitación de los asuntos traen consigo que pasen años privados de libertad hasta su absolución y excarcelación.
El Bronx se presenta como un barrio caracterizado por la pobreza y la delincuencia, y con unos juzgados con “cultura del retraso”. En cambio a poca distancia se encuentra Manhattan y sus juzgados, que disfrutan de una reputación internacional y son capaces en un mes desde la solicitud de quiebra de Lehman Brothers, de aprobar sus operaciones de liquidación más significativas. Es evidente la relación directa entre pobreza y eficacia de los juzgados.
THE EU JUSTICE SCOREBOARD
Por su parte, en marzo de 2013 se ha publicado por la Comisión Europea el primer “EU Justice Scoreboard” (“Indicadores de la Justicia en la Unión Europea”).
Este documento proporciona diferentes datos sobre el funcionamiento de los sistemas judiciales en los 27 estados miembros de la Unión en los campos civil, mercantil y administrativo.
Al margen de los datos que recoge (pueden consultarse en www.ec.europa.eu), destaca el hecho de que se trata de un estudio con un objetivo particularmente económico. En el documento se enfatiza que la calidad de la justicia guarda una estrecha relación con el crecimiento económico, especialmente necesario en estos momentos de crisis en la Unión Europea, en la que se ha puesto en marcha la estrategia de crecimiento conocida como “Europa 2020”.
El atractivo de un país para la inversión extranjera depende en gran media de tener una justicia de calidad, independiente y eficaz. Ello permite invertir confiando en la estabilidad del negocio, en el cumplimiento forzoso de los acuerdos, en la protección de la propiedad privada, etc. La consolidación de un ambiente atractivo para los negocios, con seguridad jurídica y mecanismos eficaces para el cumplimiento de la ley, se convierte así en un elemento fundamental para el desarrollo económico. Y es que, por el contrario, un deficiente sistema judicial afecta negativamente a la economía de los estados miembros.
Con los datos proporcionados por los diferentes estados de la Unión -así como otras fuentes- en el informe se analizan muy diferentes aspectos relacionados con la justicia. Los indicadores que se contienen en el informe son, entre otros, la duración de los procedimientos judiciales, el número de casos pendientes, la disponibilidad de estadísticas judiciales en el país, el desarrollo tecnológico de la justicia, la existencia de medios alternativos de resolución de disputas, el número de jueces y la formación permanente de los mismos, los recursos económicos empleados en la administración de justicia o la percepción por los ciudadanos de la independencia de la justicia.
Se afirma en este documento que no se pretende establecer ningún ranking ni destacar unos sistemas judiciales frente a otros, sino que el objetivo es sentar las bases para realizar seguidamente concretas recomendaciones a cada uno de los Estados miembros, de acuerdo con sus particulares circunstancias.
Empleando la expresión “Justice delayed is justice denied” (“Justicia retrasada es justicia denegada”) se insiste en que los inversores, a la hora de decidir, tienen muy en consideración los riesgos de verse envueltos en disputas comerciales, laborales, tributarias o en insolvencias. A la hora de su decisión final, la eficacia y confianza que transmita la administración de justicia de un país es de enorme importancia.
Tras el debate de los Ministros Europeos de Justicia en la reunión del Consejo de Justicia del pasado 8 de marzo, la próxima fecha destacada en el calendario comunitario son los días 21 y 22 de noviembre de 2013, cuando se celebrará una conferencia promovida por la Comisión sobre el papel de la justicia en la Unión Europea bajo el título “Assises de la Justice”.
Dado el actual entorno económico, la eficacia del sistema judicial, con la consiguiente reducción de plazos, es una prioridad en la Unión Europea como herramienta para fomentar el ambiente de negocios y el atractivo para los inversores.
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