La CNMV introduce novedades en los informes anuales de remuneraciones a consejeros y de gobierno corporativo
Alerta Human Capital Services 1-2018
El pasado 16 de julio de 2018 se publicó en el BOE la Circular 2/2018, de 12 de junio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que, tal y como se informa en la nota de prensa publicada por la propia Comisión, establece una serie de novedades en relación con los modelos de los informes anuales de remuneraciones de los consejeros (IARC) y los informes anuales de gobierno corporativo (IAGC).
Esta nueva Circular 2/2018 (que se puede consultar AQUÍ) modifica la Circular 5/2013, de 12 de junio, que establece los modelos de informe anual de gobierno corporativo de las sociedades anónimas cotizadas, de las cajas de ahorros y de otras entidades que emitan valores admitidos a negociación en mercados oficiales de valores, así como la Circular 4/2013, que establece los modelos de informe anual de remuneraciones de los consejeros de sociedades anónimas cotizadas y de los miembros del consejo de administración y de la comisión de control de las cajas de ahorros que emitan valores admitidos a negociación en mercados oficiales de valores.
La Circular 2/2018 persigue los siguientes objetivos:
- Introducir los nuevos contenidos exigidos en el Real Decreto-ley 18/2017 en materia de diversidad (en términos de formación y experiencia profesional, edad, discapacidad y género).
- Permitir, de manera voluntaria, la utilización de formatos de libre diseño tanto para el IAGC como para el IARC, con la obligación de remitir un anexo estadístico adicional para las entidades que se acojan a esta opción.
- Realizar algunos ajustes, tanto en el IAGC como en el IARC, a fin de simplificar o de eliminar apartados que han perdido relevancia en el contexto actual e introducir o desarrollar otros que resultan relevantes para comprender el sistema de gobierno corporativo de las entidades emisoras y la retribución de los consejeros.
En relación con el informe anual de remuneraciones hay diversos aspectos de la información a cumplimentar que deberán ser objeto de un análisis detallado, tal y como sucederá, entre otros, con (i) la nueva estructura del informe; (ii) las explicaciones sobre los cambios efectuados en la política de remuneraciones y sus efectos en los acuerdos de la Junta General de Accionistas; o (iii) el detalle de las retribuciones individuales de cada consejero, con nuevos conceptos como las “acciones equivalentes” y el “beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados”, o la distinción entre derechos económicos consolidados y no consolidados en los sistemas de ahorro a largo plazo.
Asimismo, la Circular ofrece unos comentarios particulares para las entidades de crédito y las empresas de servicios de inversión, atendiendo a los requisitos establecidos en la normativa prudencial que les resulta de aplicación en relación, entre otros aspectos, con las características de los contratos de los administradores y la regulación que debe darse a determinados componentes variables de su remuneración (por ejemplo, los planes de prejubilación).
La Circular entró en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE, resultando de aplicación a los informes anuales de gobierno corporativo y a los informes anuales de remuneraciones de los consejeros que las entidades deban presentar correspondientes a los ejercicios cerrados a partir del 31 de diciembre de 2018, inclusive.
Desde el departamento de Human Capital Services de Garrigues estamos preparando una breve presentación en la que analizaremos con mayor precisión el alcance de la Circular.
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