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La colaboración público privada en los proyectos Smart City

 | Diari de Menorca
Lluís Cases

Desde hace bastante tiempo son muy frecuentes las noticias sobre proyectos Smart City que se pretenden implantar en nuestro entorno. Estos proyectos se caracterizan por un nuevo enfoque en la gestión del espacio público y en la prestación de los servicios públicos. Esencialmente, consisten en interrelacionar las distintas prestaciones y actividades que se desarrollan en el espacio público con un componente TIC elevado. Con ello se pretende conseguir una mejora en la calidad de prestación del servicio en interés de los ciudadanos, una eficiencia medioambiental y una eficiencia económica traducida en un menor coste para las arcas públicas.

 

En ocasiones, la gestión del espacio público se efectúa sin tener en cuenta las eficiencias que puede generar relacionar las distintas actividades que en el mismo se desarrollan. Asimismo, esta gestión no puede desconocer el cambio tecnológico derivado de las TIC. Este cambio es irreversible y, sin duda, alcanzará la gestión del espacio público.

Los proyectos Smart requieren una preparación específica del espacio público. Debe posibilitarse la implantación de infraestructuras que permitan el posterior desarrollo de políticas públicas concretas. Este desarrollo tendrá una dimensión distinta en función de la configuración del espacio público y también del espacio privado. Es evidente que todo puede resultar más factible si se ha diseñado la ciudad dotando a estos espacios de las infraestructuras públicas y privadas que faciliten la posterior implantación de políticas públicas en ámbitos concretos como, entre otras, el alumbrado, la limpieza viaria, la gestión de las playas y espacios públicos y la conexión semafórica. En este punto, es clave el urbanismo y su concreción en los correspondientes instrumentos de ordenación que deben responder siempre a una visión global e integradora.

Los proyectos Smart requieren atender a la gestión de la información. Es necesario que determinadas informaciones (o mejor múltiples informaciones) fluyan en distintos sentidos. Entonces aparecen como cuestiones jurídicas clave las propias de la red que tiene que permitir la transmisión de los datos y, evidentemente, su gestión. En particular, se hace oportuna la integración de la información en plataformas tecnológicas que posibiliten la adopción de decisiones concretas de gestión en cualquier lugar y en todo momento.

Será necesario articular nuevas formas de organización administrativa y de estructurar las relaciones entre la administración pública y el sector privado, cuando éste sea requerido a intervenir. La concreción, impulso y dirección corresponderá al poder público, que deberá adecuar cada iniciativa a las singularidades del proyecto y a las circunstancias que condicionen su óptima aplicación.

Nuestro ordenamiento jurídico regula diversas formas en que se podrá articular la colaboración del sector privado. No puede desconocerse que la seguridad jurídica y su concreción en estabilidad y previsibilidad ha de ser un principio esencial para el poder público y también para el sector privado. Si lo analizamos bajo el prisma de la normativa de contratación pública nos encontramos con proyectos que pueden requerir la ejecución de obras, el suministro de determinada maquinaría, la prestación de servicios públicos, o el desarrollo de determinados servicios y asistencias. A ello se unen aspectos jurídicos relacionados con el uso del dominio público, la organización administrativa y el empleo público. También se plantean cuestiones sobre la financiación de los proyectos y la consolidación o no en las cuentas públicas del endeudamiento que pueden generar. Y todo ello en un entorno que tiene una incidencia capital sobre los ciudadanos y la calidad de vida de nuestras ciudades y que, por tanto, requiere de una sensibilidad extrema.

El ordenamiento jurídico dispone en la actualidad de las figuras jurídicas que han de permitir el desarrollo de estos proyectos. Es obligado cumplir los requisitos que cada una de ellas impone, tanto desde la perspectiva material como procedimental, pero se dispone de un margen importante para poder configurar jurídicamente estos proyectos. Es evidente que nos alejamos, si se nos permite, de un clásico contrato de obra, suministro, gestión exclusiva de un único servicio público, o prestación de determinado servicio. Pero nada impide en nuestro ordenamiento jurídico que puedan interrelacionarse en una operación jurídica distintas tareas a desarrollar por el operador privado.

 Para todos los aplicadores del ordenamiento jurídico, los del sector público y los del sector privado, los proyectos Smart Cities han de constituir un reto en positivo. Es necesario afrontar las cuestiones que los nuevos proyectos plantean y ser capaces de analizar si, aunque difieren de las formas en que tradicionalmente se ha venido actuando, cumplen los requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico para desarrollar los proyectos que los órganos competentes determinen para su ciudad. El elemento jurídico no se puede convertir, no lo es, en una barrera insalvable. Más bien al contrario, ha de constituir un instrumento al servicio del proyecto. La cuestión, insistimos, es analizar con la precisión pertinente el cumplimiento de los parámetros de legalidad exigibles en cada caso.

El entorno insular puede facilitar la implantación de estos proyectos. La dimensión territorial y la existencia de límites administrativos frecuentemente encaja de forma no idónea con estos proyectos. Un territorial insular, físicamente determinado y acotado, puede constituir un espacio de innovación en la gestión de los espacios y servicios públicos que permita incrementar la eficiencia económica, social y medio ambiental.