La Comisión Europea anuncia un nuevo plan contra el fraude fiscal internacional
Con fecha 6 de diciembre de 2012 la Comisión Europea ha publicado una Comunicación dirigida al Parlamento y al Consejo de la UE en la que se incluyen una serie de propuestas que, en el corto, medio y largo plazo, deberán contribuir a mejorar la lucha contra la evasión y la elusión fiscal a escala nacional y europea (Plan de Actuación contra el Fraude Fiscal Internacional).
El rango de medidas incluidas en la Comunicación es muy amplio, si bien destacan el reforzamiento de los mecanismos ya existentes para el intercambio de información (dentro de la UE y con terceros países), la revisión de las Directivas de fiscalidad directa para evitar supuestos de desimposición, la identificación y actuación coordinada contra las jurisdicciones no cooperadoras (paraísos fiscales) y, en línea con los trabajos de la OCDE, la adopción de medidas contra la llamada “planificación fiscal agresiva”. Más a largo plazo, se prevé el desarrollo de instrumentos comunes de gestión fiscal en la UE, tanto a nivel de cumplimiento por los contribuyentes como de control por parte de las autoridades nacionales (por ejemplo, creación de un estatuto/código del contribuyente y de un número de identificación fiscal europeo, creación de portales de internet y aplicaciones informáticas comunes, desarrollo de criterios de inspección y sanción homogéneos, etc.).
La Comunicación se acompaña de dos Recomendaciones a los Estados Miembros para que, específicamente (y sujeto al seguimiento y control por parte de la Comisión):
- Establezcan o completen sus listados de paraísos fiscales con pautas homogéneas, añadiendo como criterio (adicional a la opacidad fiscal) la existencia en dichos países de regímenes perjudiciales para una legítima competencia fiscal (regímenes off-shore, beneficios fiscales no transparentes o no ligados a la existencia de sustancia económica, etc.) (Recomendación sobre Buena Gobernanza y Paraísos Fiscales)
- Establezcan medidas legislativas domésticas o convencionales para limitar las opciones de “planificación fiscal agresiva”, entendida ésta como el aprovechamiento por los contribuyentes de lagunas normativas o de la falta de armonización de las legislaciones a escala internacional para conseguir la ausencia de tributación global (o la doble deducción de pérdidas). Entre las medidas propuestas destacan la revisión de los mecanismos de reparto de potestades tributarias o de eliminación de la doble imposición en los convenios internaciones (para asegurar que existe tributación en alguna jurisdicción) y la adopción común en la UE de una norma anti-abuso de carácter general que, respetando el Derecho de la UE (y, en particular, las libertades de establecimiento y circulación) permita perseguir operaciones artificiales con motivación esencialmente fiscal y sin sustancia económica. (Recomendación sobre “Agressive Tax Planning”)
Esta iniciativa de la Comisión Europea se enmarca dentro de una clara tendencia internacional hacia una mayor responsabilidad corporativa (también en el ámbito tributario), que alcanza igualmente a nuestro país (véase la nota de prensa del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas español de 20 de noviembre de 2012) y que confirma la necesidad de que las estructuras corporativas y de inversión de las empresas de ámbito internacional se apoyen en unos fundamentos jurídicos y económicos sólidos.
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