La Dirección General de Tributos explica cómo aplicar los beneficios fiscales de los acontecimientos de excepcional interés público
Alerta Tributario 3-2018
En el BOE de 2 de febrero de 2018 se ha publicado la Resolución de 25 de enero de 2018, de la Dirección General de Tributos, por la que se aprueba el Manual de aplicación de los beneficios fiscales correspondientes a los gastos de propaganda y publicidad de proyección plurianual, que sirvan para la promoción de los acontecimientos de excepcional interés público.
El Manual tiene por objeto establecer las reglas aplicables para determinar la base de la deducción por este tipo de gastos, analizando para ello el contenido publicitario dentro de cada soporte, la cuantificación de dicho contenido publicitario y la determinación del grado de esencialidad.
Se pretende así dotar de seguridad jurídica a los contribuyentes y órganos encargados de la aplicación de los tributos, tras las polémicas habidas en torno a cómo calcular la base de la deducción en relación con los soportes cuya finalidad principal es distinta de la publicitaria (vehículos, embalajes, envases, latas, botellas), cuestión analizada en varias sentencias como la del Tribunal Supremo de 13 de julio de 2017.
Profesional de contacto