Publicaciones

Garrigues

ELIGE TU PAÍS / ESCOLHA O SEU PAÍS / CHOOSE YOUR COUNTRY / WYBIERZ SWÓJ KRAJ / 选择您的国家

La mediación: una alternativa a los procedimientos judiciales

 | Diari de Tarragona
Pilar Pérez Valenzuela

Cada vez más, en más ámbitos, escuchamos hablar de la Mediación como una vía alternativa de resolución de los conflictos pero, ¿en qué consiste, es una vía efectiva para la resolución de problemas jurídicos?

 

La Mediación es un proceso de resolución de conflictos regulado por ley tanto a nivel estatal, como a nivel Autonómico. Inicialmente en Cataluña se identificó como una alternativa válida para la resolución únicamente de conflictos familiares, si bien, la última modificación que se produjo el pasado año 2009, extendió su aplicación a cualquier otra materia de derecho privado que pudiera ser objeto de un proceso judicial.

Se trata de un proceso voluntario y confidencial basado en la buena fe de las partes, dirigido por una tercera persona imparcial y neutra, denominada Mediador, que dirige las sesiones marcando turnos de palabra y fijando el avance de la evolución del conflicto, con el fin de ayudar a las partes en disyuntiva a poner de manifiesto sus respectivos intereses y a recuperar una capacidad de diálogo que les permita alcanzar una solución acorde a sus respectivas posiciones. A diferencia de lo que ocurre en un proceso judicial, en la mediación no hay tercero que decida, son las propias partes en conflicto las que proponen y buscan las soluciones más idóneas para poder alcanzar un acuerdo.

La Mediación busca y consigue en conflictos de cualquier tipo, y en especial en aquellos con un alto contenido emocional como los hereditarios o los que surgen en el ámbito de la empresa familiar, una solución satisfactoria para todas las partes. En un proceso de mediación no se gana o se pierde el proceso, no existe un tercer juzgador que imponga una solución dando la razón a una u otra parte; en un proceso de mediación los dos bandos ganan, porque son las partes en conflicto las que libre y voluntariamente consiguen una solución satisfactoria.

La Mediación se plantea en nuestro ordenamiento jurídico como una nueva forma de gestionar y entender los conflictos, como un proceso eficaz, ágil y económico, con una duración máxima de sesenta días hábiles en función de la naturaleza del conflicto y de su complejidad, y cuya principal finalidad es la de reducir los procedimientos judiciales y en algunos casos, poner fin a otros ya iniciados.