La Tesorería General de la Seguridad Social amplía hasta el 31 de julio de 2014 el plazo para cotizar los nuevos conceptos y cuantías computables tras la entrada en vigor del Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre
La Tesorería General de la Seguridad Social, mediante Resolución de fecha 6 de mayo de 2014 (BOE de 15 de mayo), ha ampliado el plazo, hasta el 31 de julio de 2014, para poder cotizar y regularizar sin recargo los nuevos conceptos que, al amparo de la nueva redacción del artículo 109 de la Ley General de la Seguridad Social que entró en vigor con la publicación del Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, deben incluirse en la base de cotización.
Concretamente, la citada Resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social justifica la decisión de ampliación del plazo de abono de dichas cotizaciones en atención a que se mantienen las circunstancias que dieron lugar a la primera resolución de 23 de enero de 2014 que concedía un plazo de regularización hasta el 31 de mayo de 2014 y, en particular, debido a que:
- Se ha producido una demora en la tramitación del desarrollo reglamentario respecto al nuevo texto del artículo 109 de la Ley General de la Seguridad Social.
- Se pretende facilitar la liquidación e ingreso de la cotización correspondiente a las primeras mensualidades afectadas por la modificación del Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre.
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