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Las exportaciones y la propiedad industrial

 | La Verdad de Murcia
Cristina Giner

Cada vez son más las empresas españolas que optan por la internacionalización de sus productos para incrementar su volumen de ventas y abrir puertas a nuevos consumidores.

 

Con carácter previo a iniciar cualquier actividad de exportación, la empresa deberá considerar la manera más eficaz de introducirse en un determinado mercado extranjero, por ejemplo mediante la creación de una empresa conjunta con un empresario local (joint venture), la concesión de una licencia de explotación sobre los derechos de propiedad industrial a terceros, la exportación o la venta a través de Internet.


En planificación de las exportaciones de bienes o servicios, los derechos de Propiedad Industrial (marcas, diseños, patentes) juegan un papel trascendental a la hora de garantizar el éxito de la nueva inversión. En ocasiones los empresarios conocen de la importancia de dichos activos cuando se enfrentan a imitadores o falsificadores de sus productos, o cuando reciben una demanda por infringir los productos de sus competidores.


Muchos empresarios dan por hecho que la protección registral de su marca en su país de origen les faculta para explotar su imagen o tecnología en cualquier país del mundo, nada más lejos de la realidad, ya que el carácter territorial de los derechos de propiedad industrial obliga a los titulares de los mismos a iniciar los trámites de protección en aquellos territorios en los que se inicie la comercialización de un producto en tanto dicho registro no implique una violación de derechos de terceros que con anterioridad ya contaban con un registro sobre lo que se pretende proteger.


Toda empresa debe adoptar en su expansión internacional las medidas legales tendentes a evitar que los terceros no se apropien de su imagen de marca, producto o desarrollos tecnológicos, y en la medida en que no se violen derechos de terceros, iniciar con carácter previo a la exportación los trámites de protección.