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México: Se declara de interés público y seguridad nacional la realización de proyectos y obras de infraestructura a cargo del Gobierno

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El presidente de México declaró de interés público y seguridad nacional la realización de proyectos y obras a cargo del Gobierno de México asociados a infraestructura de los sectores comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas y ferrocarriles, energético, puertos, aeropuertos, así como aquellos que, por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, se consideren prioritarios y/o estratégicos para el desarrollo nacional.

Esta norma se enmarca en un contexto en el que las mega obras propuestas por la administración federal son objeto de señalamientos por la opinión pública y han sido impugnadas ante los tribunales nacionales.

El decreto, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre de 2021 y en vigor a partir de esa misma fecha, ordena a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal (por ejemplo, las autoridades en materia de impacto ambiental y social) otorgar, dentro de un plazo de cinco días hábiles siguientes al de la fecha de presentación de la solicitud correspondiente, una autorización provisional para la obtención de los dictámenes, permisos o licencias necesarias para iniciar los proyectos u obras objeto del Decreto. En caso de que la dependencia o entidad de la Administración Pública Federal omita emitir la autorización provisional dentro de ese plazo, operará la afirmativa ficta y, por tanto, se entenderá resuelta en sentido positivo.

Las autorizaciones provisionales tendrán una vigencia de doces meses, contados a partir de su expedición. Durante ese plazo deberá obtenerse la autorización definitiva, conforme a las disposiciones aplicables.

El Decreto no identifica los requisitos que deberán cumplir las solicitudes de autorización provisional, así como los que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal al resolver sobre dichas solicitudes. Tampoco establece qué sucedería con los proyectos que se inicien al amparo de una autorización provisional pero cuya autorización definitiva sea negada (asumiendo que en los hechos esto sea un escenario posible).

La declaración de interés público y seguridad nacional podría plantear dudas sobre su sustento constitucional y legal (eventual indefensión de particulares afectados y afectación de escrutinio público) y compatibilidad con diversos instrumentos internacionales en materia de consulta previa a pueblos y comunidades indígenas, participación pública y derecho a la información en materia de evaluación del impacto ambiental.