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México: El SAT da a conocer las tasas efectivas del Impuesto Sobre la Renta para grandes contribuyentes

México - 

Alerta Tributario México

Con estos parámetros, los contribuyentes podrán consultar la tasa efectiva de referencia correspondiente a su actividad económica y compararla con su propia tasa efectiva para medir riesgos impositivos y abordar posibles escenarios de contingencia.

En virtud de la modificación realizada al artículo 33, primer párrafo, fracción I, inciso i del Código Fiscal de la Federación, vigente a partir del ejercicio 2021, la autoridad fiscal mexicana adquirió facultades para difundir de forma periódica parámetros de referencia respecto a la utilidad, conceptos deducibles o tasas efectivas del Impuesto sobre la Renta (ISR), con la finalidad de que los contribuyentes pudieran medir sus riesgos impositivos.

Asimismo, se estableció la posibilidad de que la autoridad tributaria, al amparo de programas de cumplimiento voluntario, pudiera informar de manera particular a determinados contribuyentes, con base en los parámetros antes señalados, acerca de la detección de supuestos de riesgo, sin que dicha actuación suponga el inicio de sus facultades de comprobación.

En este contexto, el pasado 13 de junio de 2021, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su portal web los primeros parámetros de referencia. En dicha publicación, además de definirse el concepto de “tasa efectiva”, se dieron a conocer las tasas efectivas del ISR para grandes contribuyentes de los ejercicios fiscales 2016, 2017, 2018 y 2019 correspondientes a 40 actividades económicas (el SAT ha considerado dentro de estas 40 actividades económicas los sectores de minería, industrias manufactureras, comercio al por mayor, comercio al por menor, servicios financieros y de seguros, industria automotriz e industria farmacéutica, entre otras).

Finalmente, por medio de la citada publicación, el SAT ha invitado a los contribuyentes a que consulten la tasa efectiva de referencia correspondiente a su actividad económica y que la comparen con su propia tasa efectiva, para medir sus riesgos impositivos. Todo ello con el objetivo último de que los contribuyentes corrijan su situación fiscal, cuando sea necesario. Señala el SAT que con esto se podría minimizar el riesgo de inicio de revisiones fiscales más profundas.

De conformidad con lo anterior, cabe esperar que las autoridades hacendarias den comienzo, en el corto y medio plazo, a nuevos programas de fiscalización masivos, a través de la publicación de estos parámetros de referencia y la emisión a los contribuyentes de cartas invitación (lo que, a su vez, podría eventualmente conllevar el inicio de múltiples auditorías). En este sentido, será recomendable que se tengan en consideración los parámetros de referencia que el SAT vaya difundiendo para visualizar posibles escenarios de contingencia.