México: La Suprema Corte de Justicia de la Nación declara la invalidez del Impuesto ambiental por la emisión de gases a la atmósfera en el Estado de Baja California
El Alto Tribunal considera que invade la competencia exclusiva de la Federación para establecer contribuciones sobre hidrocarburos prevista en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En abril de 2020 se publicaba en el periódico oficial del Estado de Baja California el Decreto que añadía el Capítulo IX a la Ley de Hacienda del Estado de Baja California y que creaba, a su vez, el Impuesto ambiental por la emisión de gases a la atmósfera en ese Estado.
Lo relevante del impuesto es que no se establecía como hecho imponible, propiamente, la emisión de gases contaminantes, sino que gravaba la venta de gasolina, diésel, gas natural y gas LP al consumidor final (al entenderse que el consumo de dichos hidrocarburos era lo que determinaba la emisión de gases contaminantes, en último término).
Pues bien, el pasado 3 de junio de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la sentencia dictada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la Controversia Constitucional 119/2020, que ha declarado la invalidez de las disposiciones que regulaban el citado impuesto, al considerar el Alto Tribunal que invade la competencia exclusiva de la Federación para establecer contribuciones sobre los citados productos (hidrocarburos) y que se encuentra regulada en el artículo 73, fracción XXIX, numerales 2° y 5°, inciso c), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Los efectos concretos de la resolución de la Corte serán, por tanto, la invalidez de los artículos 133, 134, 135, 136, 136-1, 136-2, 136-3, 136-4, 136-5 y 136-7 de la Ley de Hacienda del Estado de Baja California, a partir de que surta efectos la notificación de la sentencia al Congreso del Estado de Baja California.
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