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Newsletter Tributario - Julio 2019 | Normas de interés

España - 

Se modifican diversas reglas sobre la llevanza de libros registro en el IRPF

En el BOE de 17 de julio de 2019 se ha publicado la Orden HAC/773/2019, de 28 de junio, por la que se regula la llevanza de los libros registro en el IRPF, que actualiza las obligaciones formales, contables y registrales de los contribuyentes del IRPF que tengan la consideración de empresarios o profesionales.

La principal novedad es la necesidad de que, en las anotaciones en los libros registro de ventas e ingresos y de compras y gastos, se haga constar el NIF de la contraparte de la operación.

La AEAT publicará en su página web un formato tipo de libros registros.

La orden entró en vigor el 18 de julio de 2019 y se aplicará a las anotaciones registrales correspondientes al ejercicio 2020 y siguientes.

Se publican los tipos de interés efectivo anual para el tercer trimestre de año 2019, a efectos de calificar tributariamente determinados activos financieros

En el BOE de 28 de junio de 2019 se publicó la Resolución de 26 de junio de 2019, de la Secretaria General del Tesoro y Financiación Internacional que, como viene siendo habitual, indica los tipos de referencia aplicables para el cálculo del tipo de interés efectivo anual a efectos de calificar tributariamente determinados activos financieros, esta vez para el tercer trimestre natural de 2019. Los tipos son los siguientes:

  • Activos financieros con plazo igual o inferior a cuatro años: -0,326 por 100.
  • Activos con plazo superior a cuatro años pero igual o inferior a siete: -0,146 por 100.
  • Activos con plazo de diez años: 0,671 por 100.
  • Activos con plazo de quince años: 0,706 por 100.
  • Activos con plazo de treinta años: 1,695 por 100.

En el resto de los casos será de aplicación el tipo de referencia correspondiente al plazo más próximo al de la emisión que se efectúe.