Newsletter Tributario - Mayo 2021 | Normas de interés
Se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transacciones Financieras y se introducen modificaciones en otras normas tributarias
En el BOE de 26 de mayo de 2021 se ha publicado el Real Decreto 366/2021, de 25 de mayo, por el que se desarrolla el procedimiento de presentación e ingreso de las autoliquidaciones del Impuesto sobre las Transacciones Financieras (ITF) y se modifican otras normas tributarias.
En nuestra alerta de 28 de mayo de 2021 se resumen las principales novedades en relación con el desarrollo reglamentario del ITF.
El resto de novedades tributarias se resume a continuación:
a) Impuesto sobre el Valor Añadido: Se incluyen dos modificaciones en el reglamento del impuesto con una finalidad eminentemente técnica, para hacer posible que los sujetos pasivos que suscriben acuerdos de ventas de bienes en consigna acogidos al Suministro Inmediato de Información puedan cumplir con la obligación de la llevanza del nuevo apartado del libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias (artículo 66.3) a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
En concreto, (i) se regula el plazo para el suministro de la información de estas operaciones y (ii) se establecen los campos adicionales necesarios que completan la información de registro de los bienes.
b) Información sobre viviendas turísticas: Se introduce un nuevo artículo 54 ter en el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria, por el que se obliga a informar sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos.
Este artículo se introduce en los mismos términos del anterior artículo 54 ter, anulado por el Tribunal Supremo en su sentencia de 23 de julio de 2020 porque su tramitación no había sido comunicada a la Comisión Europea. Nos remitimos, a estos efectos, a nuestro Alerta de 28 de julio de 2020.
c) Información sobre cuentas financieras: Se modifica el artículo 4 del Real Decreto 1021/2015, de 13 de noviembre, por el que se establece la obligación de identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de determinadas cuentas financieras y de informar acerca de dichas cuentas en el ámbito de la asistencia mutua. En concreto, se establece que se debe presentar la declaración informativa, aun cuando no exista información concreta que comunicar.
Se aprueban los modelos de autoliquidación y liquidación de la tasa y el canon del tabaco
En el BOE de 19 de mayo de 2021 se publicó la Orden HAC/475/2021, de 29 de abril, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación y liquidación de la tasa y el canon establecidos en la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria.
En concreto, por medio de esta Orden se aprueban los siguientes modelos:
a) Modelo de autoliquidación de la tasa con código 596 – Prestación de servicios del mercado de tabacos, por la comprobación del cumplimiento de los requisitos para el reconocimiento y homologación de locales y almacenes con ocasión del cambio o modificación de emplazamiento, de expendedurías y revisión de instalaciones para los casos de transmisión de su titularidad, realización de obras o autorización de almacenes.
b) Modelo de autoliquidación de la tasa con código 597 – Solicitud de concesión de expendedurías de tabaco, por la comprobación del cumplimiento de las condiciones para el otorgamiento de la concesión de expendedurías de tabaco y timbre.
c) Modelo de autoliquidación de la tasa con código 598 – Autorizaciones de Puntos de Venta con Recargo, por la comprobación del cumplimiento de las condiciones para la obtención de la autorización de cada punto de venta con recargo de labores de tabaco.
d) Modelo de liquidación de la tasa con código 599 – Canon de expendeduría de tabaco y timbre, por la liquidación anual del canon.
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