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Newsletter Tributario - Mayo 2024

España - 

La extinción de condominios estará sujeta, en general, a AJD y no a TPO 

El Tribunal Supremo confirma que, cuando no hay excesos de adjudicación, la extinción de varias comunidades de bienes entre los mismos comuneros (con adjudicación a cada uno de ellos de bienes en exclusiva) no tributa por la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas del ITPyAJD, sino por la de actos jurídicos documentados. La misma conclusión alcanza el TSJ de Andalucía en un caso en el que con la extinción de un condominio se adjudicó a uno comunero el pleno dominio de unos inmuebles y el usufructo de otros bienes, sobre la base, de nuevo, de la inexistencia de excesos de adjudicación.

El plazo de prescripción del derecho a liquidar se computa de fecha a fecha, aunque el último día sea inhábil

Según el Tribunal Supremo, si entre el momento en que se formularon alegaciones ante el TEAC y la notificación de la resolución de este transcurren más de cuatro años, habrá prescrito el derecho administrativo a liquidar, aunque el último día de dicho plazo fuera inhábil.

Las operaciones realizadas por administradores personas físicas no están sujetas a IVA

Asumiendo la jurisprudencia del TJUE, la DGT concluye que la actividad derivada del desarrollo del cargo de administrador (persona física) no está sujeta a IVA. Las restantes funciones del directivo (por ejemplo, las de director creativo) solo estarán sujetas a IVA si el profesional no está sometido a los criterios organizativos de la empresa, su contraprestación está ligada a los resultados y asume el riesgo de la actividad.

El requisito de empleado a jornada completa se puede cumplir por la persona con funciones directivas a efectos de la aplicación de la reducción de empresa familiar

El TEAC admite que, para la aplicación del régimen de empresa familiar en relación con las participaciones en una entidad dedicada al arrendamiento inmobiliario, la persona que ejerza funciones directivas pueda, a su vez, servir para el cumplimiento del requisito que exige tener un empleado con contrato laboral a jornada completa.

Se publican los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y el IRNR (establecimiento permanente) para el ejercicio 2023

Los nuevos modelos son muy similares a los de años anteriores, aunque se modifican o introducen nuevos cuadros de detalle o formularios en relación con el régimen especial de AIEs y UTEs, la Reserva para inversiones en las Illes Balears, o el importe neto de la cifra de negocios de los doce meses anteriores a la fecha de inicio del período impositivo, entre otros. El plazo de presentación finalizará el 25 de julio de 2024 en el caso de contribuyentes con ejercicio coincidente con el año natural (22 de julio si se opta por la domiciliación bancaria). 

 

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