"No hay quien se aclare" con los ERES tras la reforma laboral
Tras un año de aplicación práctica de la Reforma Laboral, todavía nadie tiene muy claro cómo hay que hacer los EREs para que se ajusten a la nueva legislación laboral. Casi el 80% de los EREs que llegan a los Juzgados de lo Social están siendo declarados nulos por defectos formales, lo cual está suponiendo un efecto llamada para que los trabajadores demanden a las Empresas solicitando la nulidad/improcedencia de los Expedientes.
Se estima que casi el 50% de los EREs terminan judicializándose, lo cual no sólo es un nefasto dato para las Empresas (si consideramos el altísimo porcentaje que son declarados nulos), sino también para la lenta y colapsada Administración de Justicia.
El gris panorama actual se torna en negruzco si a lo anterior le sumamos la reciente Sentencia del TSJ de Madrid, de 9 de abril de 2013, según la cual el ERE llevado a cabo en Telemadrid y que supuso el despido de 861 trabajadores a principios de año, es declarado improcedente, por lo que Telemadrid tiene que elegir entre readmitir a los trabajadores o pagarles hasta 45 días por año trabajado, frente a los 20 días que se abonaron.
La mencionada Sentencia echa aún más leña a un ordenamiento laboral que se encuentra a punto de colapso social, ya que supone un ataque frontal a la línea de flotación de la Reforma Laboral, dado que en esta Sentencia los ponentes de la Sala entran a valorar la razonabilidad de las causas de los despidos efectuados, a pesar de que tras la Reforma se entiende que las mismas ya se encuentran suficientemente objetivadas y por ende los jueces deben limitar su conocimiento a verificar la existencia, o no, de las mismas, no su razonabilidad.
Lo anterior desvirtúa totalmente el espíritu de la Reforma Laboral, ya que la intención declarada por el Ejecutivo, eliminando el requisito de la autorización administrativa previa en los EREs, era convertirlos en un instrumento realmente útil y asegurar que si una empresa atraviesa problemas pueda ajustar su plantilla de manera rápida, y no esperar meses y meses de procesos administrativos y judiciales.
Los especialistas en derecho laboral nos quejamos de la inseguridad jurídica que genera la falta de precisión de la norma redactada por el Gobierno, pero también comprobamos ciertas reticencias por parte de los Juzgados de lo Social, que a día de hoy mantienen una tasa de rechazo muy elevada sobre los despidos colectivos que llegan a sus tribunales, apoyados en los informes negativos que, en mi opinión excesivamente rigurosos con pequeños defectos formales, está elaborando la Inspección de Trabajo.
En definitiva, ante la ausencia de jurisprudencia firme en la materia, se considera necesario algún movimiento por parte del Ejecutivo que dé luz a un panorama rebosante de inseguridad jurídica. En todo caso, la recomendación que se debe dar a todas las Empresas que estén realizando, o tengan pensamiento de realizar próximamente un ERE, es que sean muy escrupulosas en el cumplimiento de todos los requisitos formales exigidos, ya que siguiendo literalmente los parámetros de la normativa no deberían tener ningún problema con la procedencia de los EREs que acometan.